STSJ País Vasco , 11 de Febrero de 2003

PonenteMARIA DEL CARMEN PEREZ SIBON
ECLIES:TSJPV:2003:774
Número de Recurso2755/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 2755/02 N.I.G. 00.01.4-02/001302 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 11 de febrero de 2003 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. ISIDORO ALVAREZ SACRISTAN, Presidente en funciones, D. JUAN CARLOS ITURRI GARATE Y Dª CARMEN PEREZ SIBON, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por CORREOS Y TELEGRAFOS contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 (Vitoria) de fecha dos de Septiembre de dos mil dos, dictada en proceso sobre CNT, y entablado por Carmen , Esteban , Marta , Octavio , Ángeles , Guadalupe , Teresa , Carolina , Lourdes , María Antonieta , Ángel Jesús , Filomena , Eloy , Susana , Lucas , Diana , Jose Augusto , Rebeca , Beatriz , Luz , María Rosario , Frida , Victoria Y Elisa frente a SOCIEDAD ANONIMA ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D./ña. CARMEN PEREZ SIBON, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1.- Los demandantes vienen prestando sus servicios profesionales por cuenta de la Sociedad Anónima Estatal de Correos y Telégrafos en la provincia de Alava como personal laboral.

  1. - La relación laboral entre las partes se rige por el I Convenio Colectivo para el Personal laboral de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos y por el Acuerdo Marco sobre la Mejora de Condiciones Profesionales del Personal de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos.

  2. - El Acuerdo Marco sobre la Mejora de Condiciones Profesionales del Personal de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos establece, en el apartado 2.2.2 del Título VIII dedicado a las retribuciones, un incentivo específico por área de actividad y Centro, a aplicar a partir de enero de 1999, vinculado al cumplimiento de objetivos y cuya cuantía media inicial a percibir por cada empleado será de 7.000 ptas. mensuales, y en el apartado 2.2.1 del mismo título establece una retribución anual por resultados de Empresa (Paga de resultados) vinculada al cumplimiento de los objetivos de la Entidad Pública Empresarial que para el año 2000 fija en cuantía de al menos 20.000 ptas. por empleado.

  3. - La entidad demandada no ha abonado a los demandantes cantidad alguna por el concepto de incentivo específico de Centro y área de actividad ni en concepto de paga de resultados.

  4. - Con feacha 14-08-2001 se celebró el preceptivo acto de conciliación previo a la vía jurisdiccional teniéndose por intentado sin efecto.

  5. - La cuestión discutida en el presente procedimiento afecta a un gran número de trabajadores. "

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: "Que estimando íntegramente la demanda deducida por Carolina , Jose Augusto , Elisa , Filomena , Octavio , Luz , Lourdes , Rebeca , Guadalupe , Diana , Teresa , Eloy , Susana , María Antonieta , Lucas , Beatriz , Ángeles , Frida , Ángel Jesús , Carmen , María Rosario , Esteban , Marta , Victoria , frente a la Sociedad Anónima Estatal de Correos y Telégrafos debo condenar y condeno a la entidad demandada a abonar a los actores las siguientes cantidades:

- Carolina : 572,97 euros (95.334 ptas).

- Jose Augusto : 552,13 euros (91.867 ptas).

- Elisa : 625,05 euros (104.000 ptas).

- Filomena : 625,05 euros (104.000 ptas)

- Octavio : 625,05 euros (104.000 ptas)

- Luz : 305,58 euros (50.845 ptas)

- Lourdes : 277,80 euros (46.222 ptas)

- Rebeca : 225,72 euros (37.556 ptas)

- Guadalupe : 625,05 euros (104.000 ptas)

- Diana : 625,05 euros (104.000 ptas)

- Teresa : 625,05 euros (104.000 ptas)

- Eloy : 274,33 euros (45.645 ptas)

- Susana : 480,95 euros (80.023 ptas)

- María Antonieta : 303,85 euros (50.556 ptas)

- Lucas : 625,05 euros (104.000 ptas)

- Beatriz : 145,85 euros (24.267 ptas)

- Ángeles : 522,62 euros (86.956 ptas)

- Frida : 508,73 euros (84.645 ptas).

- Ángel Jesús : 442,75 euros (73.667 ptas)

- Carmen : 376,77 euros (62.689 ptas)

- María Rosario : 109,38 euros (18.200 ptas)

- Esteban : 376,77 euros (62.689 ptas)

- Marta : 328,15 euros (54.600 ptas)

- Victoria : 625,05 euros (104.000 ptas)

Cantidades que deberán incrementarse en un 10% en concepto...

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