STSJ Murcia , 1 de Abril de 2003

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2003:804
Número de Recurso334/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Social

30 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA Nº: 441/2003 ROLLO Nº: RSU 334/2003 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA, a uno de abril del dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JAIME GESTOSO BERTRAN y D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por PLASBEL PLASTICOS, S.A., contra la sentencia del JUZGADO DE LO SOCIAL N. 1 de MURCIA de fecha 7 de enero del 2003, dictada en proceso número 808/01, sobre TUTELA LIBERTAD SINDICAL, y entablado por D. Jesús Carlos frente PLASBEL PLASTICOS, S.A., MINISTERIO FISCAL, D Jose Ángel , D. Oscar , D. Héctor y D. Daniel . Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "I.- Sobre la empresa demandada. La empresa PLASBEL S.A., tiene su centro de trabajo en Alcantarilla (Murcia), en el polígono Industrial Oeste. Se dedica a la elaboración de papel y plásticos con especial incidencia en el campo de la alimentación y distribución, fue constituida el 23 de septiembre de 1997, pero tenía como base otra empresa de actividad similar de carácter familiar denominada Papeles Beltrán S.A., en la cual los hermanos que eran titulares de la mayoría del accionariado escindieron sus participaciones y Don Oscar creo, en la fecha indicada, la actual empresa.

Esta mantiene una gran actividad fruto de la cual es el líder nacional en la fabricación de bolsas de plástico destinadas al sector de la distribución. Tanto en Papeles Beltrán S.A. como en PLASBEL S.A. nunca se habían realizado elecciones sindicales hasta las de 2 de abril de 2001. D. Oscar es el DIRECCION000 de la empresa Doña Concepción (hija del anterior) es apoderada de la empresa. II.- Sobre la actividad Sindical de CC.OO.. No existiendo en la empresa sección sindical del referido sindicato representativo, se mantuvieron conversaciones entre varios trabajadores, entre otros, D. Gregorio , D. Darío , D. Alexander , D. Jose Ángel , D. Ángel Jesús , D. Luis Enrique , Dª. Clara y D. Carlos Miguel . Todos ellos formaron parte de la candidatura de CC.OO. al Comité de Empresa. El sindicato procedió a la promoción de elecciones sindicales en la empresa el 3 de noviembre de 2000, cursó el preaviso en la Oficina Pública de Elecciones Sindicales, fijando como fecha de inicio del proceso electoral el día 4-12-00 el Secretario de la Federación Textil, Piel, Químicas y Afines de CC.OO. se personó en la empresa a fin de constituir la mesa electoral.

Manteniendo una discusión con D. Héctor con representación desconocida de la empresa, quien le dio traslado de un escrito de tres trabajadores manifestando la falta de interés del colectivo por la formación del Comité de Empresa. Se interpuso demanda por tales hechos lo que dio lugar a los autos 892/2000 sobre tutela de libertad sindical que terminó con un "Acta de Manifestaciones" de fecha 26 de febrero de 2001 levantada en el Juzgado y con intervención Judicial en la que se acordó: "La empresa y el Sindicato CC.OO. habida cuenta los diversos malentendidos producidos en la convocatoria de elecciones sindicales, no teniendo la empresa ningún inconveniente en la celebración de las mismas conforme a la legislación vigente y por otra parte no existiendo por el Sindicato ánimo de enfrentamiento ni de perjudicar a la empresa, y en el espíritu de diálogo que ambas partes reconocen acuerdan fijar como fecha para constituir la Mesa Electoral el próximo día 5 de marzo a las 11,00 horas de la mañana. A la vista provisional del Censo aportado por la empresa y salvo errores, resulta como Mesa Electoral General la compuesta por los siguientes trabajadores:

Alfredo como DIRECCION001 , Alberto como Vocal y Juan Enrique como Secretario y para el caso de que correspondan dos colegios electorales la citada Mesa Electoral General será así mismo la mesa del personal especialista y no cualificado y en tal caso compondrían la Mesa de Técnicos y Administrativos Isabel como DIRECCION001 , Arturo como Vocal (si sigue enfermo le sustituiría Ángel) y Ángel Daniel como Secretario. Ambas partes comunicarán este acuerdo a la Oficina Electoral, al resto de Sindicatos ya toda la plantilla. Tanto la empresa como el Sindicato de CC.OO. recuerdan a toda la plantilla que el cargo de DIRECCION001 , Vocal o Secretario de las Mesas Electorales son irrenunciables y que deben ejercer su labor con total independencia e imparcialidad y que tienen total libertad todos los trabajadores de la plantilla para presentarse como candidatos a las elecciones sindicales y todos tienen también el derecho a votar en las mismas, siendo el voto libre y secreto. Como consecuencia de este acuerdo el Sindicato demandante y la empresa demandada solicitan de común acuerdo al Juzgado el archivo definitivo de las actuaciones en el procedimiento de referencia. Remítase copia de lo acordado al Ministerio Fiscal a los efectos oportunos".

Convocadas las elecciones se presentaron sendas candidaturas del Grupo Independiente y del Sindicato CC.OO., se celebraron estas el 2 de abril de 2001, resultando elegida la candidatura formada por Isabel INDEPENDIENTE. Íñigo INDEPENDIENTE. Imanol INDEPENDIENTE. Inocencio INDEPENDIENTE. María Consuelo INDEPENDIENTE. Gregorio CC.OO. Darío CC.OO. Clara CC.OO. Alexander CC.OO. El día 6 de abril de 2001 se convoco, por los miembros de CC.OO. en el Comité de Empresa, una reunión de este al objeto de tratar sobre el calendario laboral del año 2001, el abono de exceso de horas trabajadas en el año 2000 y los atrasos de Convenio correspondientes a 2001 la reunión se debía celebrar a las 1,50 horas del día 11 de abril. Recibida la convocatoria por el resto de los miembros del Comité, dado que la convocatoria no estaba consensuada con el resto del Comité y que coincidía con la reunión de varios miembros del Comité con la empresa, acordaron que no había lugar a la celebración de la reunión en tal fecha y se convocaba otra para el 18 de abril a las 17 horas, en el que además de los asuntos propuestos por CC.OO. se señalaban también como puntos del orden del día los de Elección del Presidente y Secretario del Comité de Empresa, modo de convocatoria de las reuniones ruegos y preguntas. Esta segunda convocatoria se acordó en virtud de reunión de los miembros del Comité celebrada el 11 de abril de 2001. En la primera reunión del Comité se eligió como DIRECCION001 a D. Imanol , del Grupo Independiente, quien es encargado de la sección de plásticos; y Secretaria Doña Isabel , del Grupo Independiente. El día 27 de julio de 2001, Don Darío solicito la celebración de una reunión del Comité de Empresa, a celebrar el 30 de julio a las 18 horas para tratar del despido del trabajador Don Benjamín . En aquel momento habían empezado los turnos de vacaciones y en concreto el Presidente del Comité estaba de vacaciones. Por la que la secretaria del órgano de representación acordó con el solicitante D. Darío (en nombre de la sección de CC.OO.)

posponer la reunión a la vuelta del DIRECCION001 . TERCERO.- Solicitada la celebración de elecciones para el Comité de Empresa y personado el representante de la FITEQA de CC.OO. en la empresa, EL DIRECCION000 dio ordenes a su sección de personal (Recursos Humanos) para que elaborase un escrito acompañado por un listado anexo con los nombres de los trabajadores. Este listado fue repartido por D. Daniel , Jefe de Fábrica, en todas las secciones de la fábrica, los trabajadores de la sección eran llamadas por su orden a la dependencia del Jefe de Sección y allí se les invitaba a firmar el escrito, lo que se llevo a cabo por 182 trabajadores. Esto se llevo a la práctica en fechas indeterminadas entre junio 2000 y Noviembre 2000. Posteriormente D. Daniel D. Juan Enrique y D. Alberto lo remitieron a D. Oscar (DIRECCION000 , principal accionante y DIRECCION002 de la empresa). Acompañado del escrito que obra en la prueba de la demandada con el número 6 (que se da por expresamente reproducido), firmándolo los tres mencionados. El documento fue redactado en el departamento de personal de la empresa. B) El 20 de noviembre del 2000, el DIRECCION000 de la empresa, D. Oscar , convoco a todos los trabajadores y los dirigió una alocución, el texto integro del mismo obra en la cinta y en la trascripción de la misma (doc. 28

prueba sindicato), entre otra cosas se expreso. -"Las empresas se hacen trabajando y queriendo lo que tienes a tu dado, y el que busca el conflicto se encuentra con el conflicto. Yo creo que me vais entendiendo hacia donde van mis palabras. -La mesa electoral creo que se va a poner el día 4 de diciembre. Yo de todos es sabido lo que quiero para mi empresa. A mi no me preocupa en CC.OO., ni U.G.T., ni USO, ni ningún Sindicato, ¿Sabéis por qué?: porque yo siempre intento ir con la legalidad. -Soy impecable con las personas que yo estimo, pero con los sistemas que van en perjuicio de mi empresa soy implacable. -Lo único que os pido es que penséis en lo que se avecina. -Pero eso si, yo he luchado contra todo el mundo y he vendido que tengo una empresa modélica y con una gente que mira por su empresa, si a mi me defraudáis en ese concepto tened en cuenta que vuestro jefe pude cambiar de estilo, y los cambios de estilo son muy negativos en una empresa. -Por eso os pido que meditéis y que renunciéis a que aquí entre ningún sindicato, os lo pido en mi nombre y en beneficio de Plasbel". C) Los trabajadores que estén o estaban afiliados al Sindicato CC.OO....

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