SAP Pontevedra 25/2005, 9 de Marzo de 2005

PonenteANTONIO BERENGUA MOSQUERA
ECLIES:APPO:2005:2003
Número de Recurso322/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución25/2005
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00025/2005

SENTENCIA

En PONTEVEDRA, a nueve de marzo de dos mil cinco .

Vistos por la Sección 4 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, integrada por su Presidente Don Antonio Berengua Mosquera y por los Magistrados Don José Carlos Montero Gamarra y el Magistrado emerito Don José Luis Nuñez Vide, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 220 /2003, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de PONTEAREAS, a los que ha correspondido el Rollo de apelación civil núm. 322 /2004, en los que son parte, como apelante doña María Inmaculada representada por la procuradora doña MARIA BEGOÑA SABORIDO LEDO, y asistida por el Letrado don JORGE GABRIEL PHILIPPON DE ARRIBA, y como apelado don Luis Alberto representado por el procurador don JOSE MARCOS BENITO VARELA GARCIA RAMOS, y asistido por el Letrado don EMILIO PEREZ RIVERO, sobre servidumbre de paso, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. don Antonio Berengua Mosquera .

ANTECEDENTES DE HECHO

SE ACEPTAN los de la sentencia de primera instancia y,

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Ponteareas se dictó sentencia de fecha dieciseis de julio de dos mil cuatro en los autos de Juicio Verbal Civil seguidos ante dicho Juzgado con el número 220/2003, cuyo fallo contiene los siguientes pronunciamientos:

"Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Saborido Ledo, en nombre y representación de Dña. María Inmaculada, contra D. Luis Alberto, representado por el Procurador Sr. Varela García Ramos: 1) Debo absolver y absuelvo al demandado de todos los pedimentos de la demanda.-2) Condeno a la demandante al pago de las costas causadas en esta instancia....".

SEGUNDO

Contra la reseñada sentencia se preparó en tiempo y forma legal, recurso de apelación por la representación de la demandante María Inmaculada ; el cual se tuvo por preparado emplazándose al recurrente para que en término de veinte días, lo interpusiera; lo que efectuó a medio de escrito en el que, con base en las alegaciones que dejaba consignadas interesaba se dicte sentencia por la que estimando íntegramente este recurso, revoque la sentencia dictada en la instancia en lo relativo a los pronunciamientos impugnados, acordando en su lugar condenar al demandado de acuerdo con el suplico de...

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