STSJ Cataluña 2723/2009, 26 de Marzo de 2009

PonenteFRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
ECLIES:TSJCAT:2009:4771
Número de Recurso998/2008
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución2723/2009
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2009
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2004 - 0004843

mi

ILMO. SR. ANDREU ENFEDAQUE MARCO

ILMO. SR. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS

ILMA. SRA. MATILDE ARAGÓ GASSIOT

En Barcelona a 26 de marzo de 2009

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 2723/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por Saturnino frente a la Sentencia del Juzgado Social 22 Barcelona de fecha 16 de julio de 2007 dictada en el procedimiento Demandas nº 870/2004 y siendo recurrido/a -T.G.S.S.- (Tesorería Gral. Seguridad Social), -FREMAP-, -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y Instituto Superior de Software S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de diciembre de 2004 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 16 de julio de 2007 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda presentada por D. Saturnino, contra Fremap, Tesoreria General, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Superior de Software,S.A., absuelvo a las demandadas."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes: "1.- El actor, D. Saturnino, D.N.I. nº NUM000 prestaba sus servicios para la empresa Instituto Superior de Software,S.A. cuando el día 8-1-03 a las 15,30, " al dirigirse al trabajo " ( comenzaba el horario de tarde a las 16 ) sufrió dos episodios de angor, uno a las 15,30 y otro a las 16. Dos horas después, a las 18,30 acudió al CAP de la c/ Valencia donde sufre un tercer episodio y es trasladado al Hospital Clinico a las 19,50 donde se le diagnostica de sindrome coronario agudo al detectarle obstrucción en las arterias coronarias y ante la imposibilidad de realizar injerto se le interviene quirurgicamente practicando y donde by-pass.

La Dra. Felicidad emite informe-diagnostico que aporta la actora donde se le aprecia " sindrome coronario agudo de alto riesgo y enfermedad del tronco comun revascularizado en enero 2003. ( Documental y manifestación del actor reproduciendo el hecho 4º de la demanda ).

  1. - El actor tenia como antecedentes una cirrosis hepática con varices esofágicas y episodio de descompensación ascítica.

  2. - Iniciado expediente de incapacidad permanente el I.N. S.S. le reconoce el 28-7-04 el grado de absoluta derivado de enfermedad comun, diagnosticado por el CRAM de : cirrosis hepática con varice esofágicas y un episodio de descompensación ascitica. Cardiopatia isquemica con dos episodios de angor de esfuerzo y uno de reposo. Sigue controles.

  3. - El actor formula reclamación previa en demanda de contingencia profesional: accidente de trabajo, que es desestimada el 30-11-04.

  4. - La base reguladora de la prestación, caso de estimarse la contingencia de accidente de trabajo es de 1.310,59 Euros.

  5. - La i.t. que se le extendió el 8-1-03 lo fué por enfermedad comun. Impugnada la contingencia se dictó sentencia de 19-4-05 por la que se declaraba la i.t. como consecuencia de accidente de trabajo.

  6. - El actor presenta dos enfermedades que fundamentan la declaración administrativa de incapacidad permanente en grado de absoluta: la cirrosis hepática y la cardiopatia isquémica."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó MUTUA FREMAP, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el actor el desfavorable pronunciamiento judicial que desestimó la pretensión "de cambio de contingencia solicitando se declare derivada de accidente de trabajo la incapacidad permanente absoluta reconocida", dirigiendo sus dos primeros motivos de revisión fáctica a la modificación de los hechos 1º y 2º de la recurrida para los que propone un texto alternativo que, además de reseñar lo manifestado en el correspondiente ordinal...

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