SAP Cádiz 484/2009, 20 de Octubre de 2009

PonenteCARLOS ERCILLA LABARTA
ECLIES:APCA:2009:1326
Número de Recurso520/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución484/2009
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

S E N T E N C I A nº: 484/2009

Ilmos. Sres.

Presidente

D. CARLOS ERCILLA LABARTA

Magistrados

D. ANGEL L. SANABRIA PAREJO

Dª. ROSA Mª FERNANDEZ NUÑEZ

JUZGADO: Cádiz nº 1

Juicio Ordinario nº 275/08

Rollo Apelación Civil nº: 520

Año: 2.009

En la ciudad de Cádiz a día 19 de octubre de 2009.

Vistos en trámite de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz los autos del Recurso de Apelación Civil de referencia del margen, seguidos por Juicio Ordinario, en el que figura como parte apelante D. Hugo, representado por el Procurador D. Antonio Medialdea Wandosell y defendido por el letrado Doña Eva Caro Mateo, y parte apelada el Abogado del Estado; actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS ERCILLA LABARTA.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Cádiz, se dictó sentencia cuyo fallo literalmente transcrito dice: "Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Antonio Medialdea Wandossell en nombre y representación de D. Hugo, debo declarar y declaro no haber lugar a declarar acreditado el dominio que ejerce el actor de los 2.000 metros cuadrados procedente de su segregación de la finca registral nº NUM000, inscrita en el Registro de la Propiedad de Barbate, al tomo NUM001, Libro NUM002, folio NUM003, inscripción NUM004, que le fue vendida por D. Olegario el 9 de septiembre de 1987 al no haberse operado la transmisión de la propiedad de la misma a favor de D. Hugo ; todo ello con imposición de las costa causadas a la parte actora."

  2. - Contra la antedicha sentencia por la representación de D. Hugo se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que fue admitido a trámite por el Juez "a quo" remitiendo las actuaciones a esta Audiencia Provincial, dándose traslado del referido escrito de apelación a la parte contraria por término legal para que pudiera formular escrito de oposición o impugnación, el cual una vez presentado fue unido a autos.

  3. - Recibidos los autos en esta Sala, se formó el correspondiente rollo, turnándose la ponencia, y no habiéndose solicitado la práctica de prueba en esta segunda instancia, se hizo entrega al Iltmo. Sr. Ponente, para dictar la resolución procedente.

IIº.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1º.- Se plantea por el apelante en primer lugar la cuestión relativa a la intervención como parte de la Abogacía del Estado en representación del Estado español, y a este...

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