STSJ Comunidad de Madrid 985/2009, 17 de Noviembre de 2009

PonenteMARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2009:14613
Número de Recurso3238/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución985/2009
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2009
EmisorSala de lo Social

RSU 0003238/2009

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00985/2009

Sentencia nº 985

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 5ª

MADRID

Ilmo. Sr. D. Juan José Navarro Fajardo :

Presidente

Ilma. Sra. Dª Begoña Hernani Fernández :

Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz :

En Madrid, a 17 de noviembre de 2009.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 985

En el recurso de suplicación 3238/09 interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE MADRID representado por el Letrado don JOSE LORENZO IGLESIAS y por SGS TENOS S.A., representada por el Letrado don JESUS TORTAJADA SALINERO, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social NUM. 24 DE MADRID en autos núm. 625/08 siendo recurridos doña Diana representada por el Letrado doña FRANCISCA PEREZ PASTOR. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Begoña Hernani Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por doña Diana

, contra AYUNTAMIENTO DE MADRID, LICUAS SA, PACSA PAVIMENTOS ASFALTOS Y CONSERVACIÓN SA, UTE CANALIZACIONES, INSTITUTO TECNICO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIONES SA, EUROCONSULTING SA, SGS TECNOS SA, SCDAD. IBERICA DE CONSTRUCCIONES ELECTRICAS SA Y UTE CANALIZACIONES II, en reclamación sobre CANTIDAD Y DERECHOS en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 28 de octubre de 2008, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

La demandante, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda ha venido prestando servicios para las demandadas con arreglo a las siguientes circunstancias:

  1. - 10-10-2000 - 31-5-2001: contrato de trabajo de duración determinada obra y servicio como Auxiliar Administrativo suscrito con la empresa RANDSTAD ETT.

  2. - 18-6-2001 - 18-3-2002. contrato de trabajo de duración determinada obra y servicio como Auxiliar Administrativo suscrito con la empresa LICUAS S.A.

  3. - 20-3-2002 - 14-4-2004: contrato de trabajo temporal de duración determinada por obra o servicio determinada por obra o servicio determinado cuyo objeto es "trabajos de auxiliar administrativo para la obra consultoría y asistencia técnica para la ayuda a la inspección de calas y canalizaciones realizadas en el término municipal de Madrid" suscrito con la empresa INSTITUTO TECNICO DE MATERIALES DE CONTRAUCCIONES SA, EUROCONSULT S.A., UTE (UTE CANALIZACIONES)

  4. - 15-4-2004- 30-4-2006: contrato de trabajo temporal de duración determinada por obra o servicio determinado cuyo objeto es "consultoría y asistencia técnica para la ayuda a la inspección de calas y canalizaciones del Excmo. Ayuntamiento de Madrid" suscrito con la empresa UTE CANALIZACIONES II.

  5. 3-5-2006 hasta la actualidad: contrato de trabajo temporal de duración determinada por obra o servicio determinado cuyo objeto es "consultoría y asistencia: inspección y seguimiento de obras en la vía pública del Ayuntamiento de Madrid, mediante concurso con nº expediente 131/2005/29805- VP otorgado a SGS Tecnos S.A." suscrito con la empresa SGS TECNOS S.A.

La actora ha venido prestando sus servicios, en el ámbito de los contratos que se acaban de referir, en el hoy llamado Departamento de Conservación de Vías Públicas del Ayuntamiento de Madrid, Negociado de calas (licencias para obtener permisos de abrir zanjas en la vía pública) y en dependencias del propio Ayuntamiento; en la actualidad en C/ Barco 20-22.

SEGUNDO

Las empresas demandadas han contratado, en diversos momentos, la prestación de servicios al Ayuntamiento de Madrid, y, en el ámbito de tales contratas, han establecido relación laboral con la actora. La empresa UTE CANALIZACIONES tuvo contrato con el Ayuntamiento en los años 2002 y 2003. En la actualidad es la empresa SGS TECNOS la que tiene contratado el servicio y es quien emplea a la actora. Figura en autos el contrato (ramo de prueba del Ayuntamiento) y el pliego de condiciones de la contrata (ramo reprueba de SGS TECNOS); ambos documentos se tienen por reproducidos a todos los efectos. La duración del contrato era, inicialmente, de 1 de mayo de 2006 a 30 de abril de 2008, prorrogable por anualidades.

La empresa SGS TECNOS tiene un Servicio Propio de Prevención de Riesgos Laborales; figuran en autos, como documento 5 del ramo de prueba de la citada, la evaluación de riesgos realizada el 4 de enero de 2006. La empresa ofreció a la actora la realización de un examen de salud a lo que ella voluntariamente renunció el 30 de mayo de 2007.

TERCERO

Las funciones realizadas por la actora en el Ayuntamiento de Madrid desde el inicio de la son las siguientes:

-10.20.2000 - 31.05.2001: Dar de ala las solicitudes de licencia de obras en vía pública, tanto canalizaciones (obras mayores), como las calas programadas y averías en todos los distritos de todas las compañías de servicios, operadores de cable y particulares en general para el suministro de servicios, emitir y enviar por correo certificado como fax los requerimientos de documentación de expedientes incompletos, índices de entrada y salida para la Dirección General de Vías y Espacios Públicos del Ayuntamiento de Madrid.

-01.06.2001 hasta la actualidad: 1. Atención al público.

  1. Soporte administrativo en relación a la emisión y entrega de licencias de obras, así como las prórrogas de éstas y pasar a firma del Jefe de Departamento, las autorizaciones de sustitución o reparación de las rejillas de ventilación de Metro.

  2. Decepcionar y adjuntar la documentación requerida de expedientes y dar paso de éste al Técnico Municipal para su informe y posterior Decreto.

  3. Gestión y peticiones de órdenes de tapado de las obras realizadas por particulares, poniéndose en contacto con las diferentes empresas reponedoras de pavimentos, así como los recursos interpuestos ante las denegaciones de licencias.

  4. Comunicar a las Juntas Municipales de Distrito las obras concedidas y denegadas en cada uno de sus distritos y la realización de informes para la devolución de los avales depositados en concepto de garantía de las obras realizadas.

  5. Pasar a firma y enviar los informes anteriormente citados a la intervención General del Área de Hacienda para la emisión del preceptivo informe de fiscalización.

  6. Resolución de las incidencias telefónicas y las presentadas a través de una Web habilitada a las diferentes compañías para que presenten todo tipo de comunicaciones para la Dirección General de Vías y Espacios Públicos del Ayuntamiento de Madrid.

  7. Envíos de correos certificado de las concesiones de licencia acompañados de sus correspondientes abonares y notificaciones de aval, así como las denegaciones.

  8. Atención telefónica.

  9. Archivo de expedientes.

La demandante ha venido realizando su trabajo bajo la dependencia y órdenes de Dª Natividad, quien es en la actualidad Adjunta al Departamento de Conservación de Vías Públicas del Ayuntamiento de Madrid.

La actora utiliza los programas informáticos y ordenadores del Ayuntamiento de Madrid. Hace el mismo horario que los trabajadores del Ayuntamiento. Las vacaciones y permisos le son adjudicadas por la Jefa del Departamento, en rotación con los trabajadores de todo el Departamento y, una vez asignadas, se notifican a la empresa empleadora SGS TECNOS.

CUARTO

D. Hermenegildo trabaja para la empresa que actualmente emplea a la actora, SGS TECNOS, desde octubre tiene la categoría de Jefe de Unidad y Delegado, su titulación es la de Ingeniero y su trabajo consiste en coordinar el seguimiento de obras de los Inspectores que hacen el trabajo de calle. No da órdenes a la actora ni tampoco controla su trabajo, su horario, sus permisos y vacaciones aunque sí recoge la documentación relativa a la actora.

En el proceso de licitación de la contrata con el Ayuntamiento, la empresa SGAS TECNOS recibió indicaciones del Ayuntamiento para que se contratara a las personas que ya venían haciendo el trabajo como era la actora.

"La reclamante desempeña funciones de gestión administrativa de atención al público-representantes de las empresas contratistas que realizan obras en las vías públicas del municipio-en planta baja del edificio visitado donde esta situado el registro de entrada de expedientes y escritos de la Dirección General. En dicho registro, existen tres ventanillas de entrada y registro de documentos, con tres puestos de trabajo por lo tanto, ocupando uno de ellas la reclamante, realizando las tareas propias de registro de entrada de los expedientes que presentan las empresas contratistas de las obras que se realizan en las vías públicas del municipio de Madrid. Además, existen dos puestos de trabajo situados en mesas respectivas, donde en cada una de ellas por sus compañeras Victoria y Diana . Sus funciones, pues, son las de atención al público citado, realizando las labores propias de registro entrada de expedientes administrativos, principalmente de concesión de las licencias respectivas, utilizando las aplicaciones informáticas de gestión administrativa de la Dirección General existentes al efecto, así como mesa, ordenador y teléfono de esta Dirección General del Ayuntamiento. Funcionalmente depende de la funcionaria Adjunta al Departamento citada más arriba de la cual reciben las instrucciones de organización pertinentes, con horarios municipales.

Las vacaciones, partes de asistencia se entregan a D. Hermenegildo, ingeniero de la empresa SGS TECNOS que recibe dicho partes tramitándoles a la misma, pero los cuadrantes de vacaciones...

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