STSJ Cataluña 120/2010, 14 de Enero de 2010
Ponente | ADOLFO MATIAS COLINO REY |
ECLI | ES:TSJCAT:2010:193 |
Número de Recurso | 648/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE SUPLICACIóN |
Número de Resolución | 120/2010 |
Fecha de Resolución | 14 de Enero de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08019 - 44 - 4 - 2007 - 0016984
EL
ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ
ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL
ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY
En Barcelona a 14 de enero de 2010
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 120/2010
En el recurso de suplicación interpuesto por Institut Municipal d'Assistència Sanitària frente a la Sentencia del Juzgado Social 8 Barcelona de fecha 27 de junio de 2008, dictada en el procedimiento Demandas nº 311/2007 y siendo recurrido/a Florentino y otros. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. ADOLFO MATIAS COLINO REY.
Con fecha 31 de mayo de 2007, tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 27 de junio de 2008, que contenía el siguiente Fallo:
Que estimando la demanda promovida por Tarsila, Segismundo, Carlos Manuel, Ángel Daniel, Aurelia, Benedicto, Elvira, Justa, Eloy, Gines, Laureano, Pablo, Sacramento, Adela, Casilda, Jose Manuel, Juan Ramón, Guadalupe, Arturo, Nieves, Verónica, Angustia, Doroteo, Emilia, Gervasio, Macarena, Rosalia, Ana María, Maximino, Concepción, Santos, Irene, Purificacion, María Antonieta, Candida, Filomena, Alejandro, Pilar, María Inés, Celia, Cristobal, Graciela, Fidel, Patricia, Juan, María Dolores, Pedro, Vicente, Coro, Juan Pedro, Juana, Aureliano, Rocío, Adelina, Elias, Dulce, Horacio, Nicolas, Teodoro, Jesús María, Otilia, Marí Luz, Balbino, Debora, Eliseo, Leonor, Hipolito, Martin, Soledad, Sebastián, Beatriz, Evangelina, Luis Enrique, Anton, Ofelia, Dimas, María Purificación, Gustavo, Marcelino, Rubén, Carlos Ramón, Agapito, Estrella, Micaela, Constancio, Germán, María Rosario, Marcial, Delia, Lucía, Serafin, Tamara, Jesús Manuel, Aurelio, Catalina, Josefa y Eusebio, debo condenar y condeno al Institut Municipal d'Assistència Sanitària al abono a cada uno de los actores, de las cantidades siguientes:
Tarsila 562,71 euros
Segismundo 2.121,41 euros
Carlos Manuel 2.777,42 euros Ángel Daniel 296,92 euros
Aurelia 5.219,78 euros
Benedicto 325,43 euros
Elvira 1.612,25 euros
Justa 2.484,79 euros
Eloy 1.692,01 euros
Gines 2.903,48 euros
Laureano 10.882,27 euros
Pablo 9.266,55 euros
Sacramento 292,18 euros
Adela 502,55 euros
Casilda 5.295,74 euros
Jose Manuel 5.830,01 euros
Juan Ramón -300,15 euros
Guadalupe 4.709,01 euros
Arturo 5.718,40 euros
Nieves 1.964,62 euros
Verónica 1.591,02 euros
Angustia 8.057,69 euros
Doroteo 5.149,37 euros
Emilia 1.225,64 euros
Gervasio 10.821,28 euros
Macarena 2.179,91 euros
Rosalia 9.389,72 euros
Ana María -342,40 euros Maximino 2.057,08 euros
Concepción 1.705,97 euros
Santos 3.289,59 euros
Irene -515,10 euros
Purificacion 1.832,35 euros
María Antonieta 1.141,27 euros
Candida 2.367,86 euros
Filomena 1.725,67 euros
Alejandro -43,25 euros
Pilar 2.962,18 euros
María Inés 1.357,18 euros
Celia -347,05 euros
Cristobal 1.026,80 euros
Graciela -466,22 euros
Fidel 1.586,78 euros
Patricia 5.713,50 euros
Juan -710,57 euros
María Dolores 962,07 euros
Pedro 13.005,99 euros
Vicente 6.728,85 euros
Coro 580,18 euros
Juan Pedro 1.935,11 euros
Juana -450,21 euros
Aureliano 1.137,03 euros
Rocío 1.318,09 euros
Adelina 1.708,34 euros
Elias 8.232,35 euros
Dulce 1.704,81 euros
Horacio 1.706,03 euros
Nicolas 1.242,78 euros
Teodoro .971,63 euros Jesús María -144,58 euros
Otilia 3.389,16 euros
Marí Luz .232,21 euros
Balbino 0,00 euros
Debora -120,78 euros
Eliseo -549,69 euros
Leonor -256,07 euros
Hipolito 2.968,87 euros
Martin 7.183,96 euros
Soledad 1.193,36 euros
Sebastián 8.809,40 euros
Beatriz 3.310,89 euros
Evangelina 1.765,88 euros
Luis Enrique -244,35 euros
Anton 5.445,15 euros
Ofelia -131,53 euros
Dimas 1.276,41 euros
María Purificación 8.074,00 euros
Gustavo 3.010,29 euros
Marcelino 4.802,60 euros
Rubén 5.963,76 euros
Carlos Ramón 3.868,64 euros
Agapito 4.376,49 euros
Estrella 6.221,38 euros
Micaela 1.194,07 euros
Constancio 5.851,50 euros
Germán 1.696,65 euros
María Rosario -264,28 euros
Marcial 10.880,89 euros
Delia 7.668,25 euros
Lucía 1.273,75 euros Serafin 1.363,57 euros
Tamara -499,50 euros
Jesús Manuel 1.766,21 euros
Aurelio 928,41 euros
Catalina -416,23 euros
Josefa 7.797,72 euros
Eusebio 6.925,38 euros
TOTAL 279.654,75 euros
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"Primero.- Que la parte actora ha venido prestando servicios para el Instituto demandado con la antigüedad, categoría profesional y salario que se indican en la demanda.
Que en fecha 2 de enero de 2007 la parte actora interpuso papeleta de conciliación ante el SCI, acto que fue celebrado con el resultado de sin avenencia.
Que en fecha 28 de febrero de 2007 la parte actora interpuso reclamación previa en reclamación de diferencias de guardia del ejercicio 2005.
Que en fecha 19 de noviembre de 2007 la parte actora desiste de la reclamación judicial de autos en relación a 46 interesados tal como obra en autos.
Que de prosperar la demanda las partes no discuten ni las horas de exceso ni las cantidades sobre el precio hora ordinaria para el año 2005 sobre las cuales se conforman para cada uno de los actores que mantienen su acción obrantes en el documento nº 1 del ramo de prueba documental de la parte demandada. IMAS precio hora 2005 total horas 2005. - folios 610 a 613-, de las que deberán deducirse las ya percibidas por los actores, según se detalla en escrito firmado y presentado en fecha 19-06-2008 conjuntamente por las partes en litigio y que consta unido a las actuaciones. "
En fecha 1 de septiembre de 2008 se dictó auto de aclaración de la anterior sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
S. Sª ante mí el Secretario dijo:Que debía aclarar y aclaraba la sentencia dictada en este Procedimiento en el sentido de que las cantidades a percibir por los actores son las siguientes:
Tarsila 0.00 EUROS
Segismundo 1.780,04 EUROS
Carlos Manuel 1.804,36 EUROS Ángel Daniel 0.00 EUROS
Aurelia 3.829,91 EUROS
Benedicto 0.00 EUROS
Elvira 1.248,91 EUROS
Justa 1.987 EUROS
Eloy 1.316,15 EUROS
Gines 2.292,13 EUROS Laureano 7.303,88 EUROS
Pablo 7.515,92 EUROS
Sacramento 193,48 EUROS
Adela 0.00 EUROS
Casilda 3.836,34 EUROS
Jose Manuel 4.332,65 EUROS
Juan Ramón 0.00 EUROS
Guadalupe 2.006,57 EUROS
Arturo 4.020,64 EUROS
Nieves 1577,86 EUROS
Verónica 1.212,67 EUROS
Angustia 5.668,85 EUROS
Doroteo 2.489,92 EUROS
Emilia 955,32 EUROS
Gervasio 8.192,07 EUROS
Macarena 1.787,81 EUROS
Rosalia 7.677,88 EUROS
Ana María 0.00 EUROS
Maximino 1.694,35 EUROS
Concepción 1.353,00 EUROS
Santos 2.320,94 EUROS
Irene 0.00 EUROS
Purificacion 556,30 EUROS
María Antonieta 900,46 EUROS
Candida 1.881,22 EUROS
Filomena 1.248,31 EUROS
Alejandro 0.00 EUROS
Pilar 2.442,73 EUROS
María Inés 899,11 EUROS
Celia 0.00 EUROS
Cristobal . 822,68 EUROS Graciela 0.00 EUROS
Fidel 1.081,34 EUROS
Patricia 4.077,56 EUROS
Juan 0.00 EUROS
María Dolores 627,92 EUROS
Pedro 9.804,22 EUROS
Vicente 5.218,95 EUROS
Coro 315,38 EUROS
Juan Pedro 1.595,03 EUROS
Juana 0.00 EUROS
Aureliano 611,45 EUROS
Rocío 1.044,77 EUROS
Adelina 1.349,90 EUROS
Elias 5.590,55 EUROS
Dulce 1.366,80 EUROS
Horacio 1.468,68 EUROS
Nicolas 999,70 EUROS
Teodoro 421,73 EUROS
Jesús María 0,00 EUROS
Otilia 0,00 EUROS
Marí Luz 663,93 EUROS
Balbino 0,00 EUROS
Debora 0,00 EUROS
Eliseo 0,00 EUROS
Leonor 0,00 EUROS
Hipolito 2.566,22 EUROS
Martin 5.641,81 EUROS
Soledad 789,58 EUROS
Sebastián 6.627,56 EUROS
Beatriz 2.655,37 EUROS
Evangelina 1.511,79 EUROS Luis Enrique 0,00 EUROS
Anton 3.068,73 EUROS
Ofelia 0,00 EUROS
Dimas 1.069,12 EUROS
María Purificación 6.219,79 EUROS
Gustavo 2.245,41 EUROS
Marcelino 3.762,76 EUROS
Rubén 4.337,48 EUROS
Carlos Ramón 3.085,62 EUROS
Agapito 3.694,37 EUROS
Estrella 4.120,44 EUROS
Micaela 858,15 EUROS
Constancio 3.938,31 EUROS
Germán 1. 076,90 EUROS
María Rosario 0,00 EUROS
Marcial 8.103,46 EUROS
Delia 6.053,94 EUROS
Lucía 1.021,92 EUROS
Serafin 1.122,48 EUROS
Tamara 0.00 EUROS
Jesús Manuel 1,284,08 EUROS
Aurelio 0,00 EUROS
Catalina 0,00 EUROS
Josefa 4.935,42 EUROS
Eusebio 4.535,83 EUROS
TOTAL 210.714,49 EUROS "
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contrariA ASSOCIACIÓ PROFESSIONAL DE METGES I TÈCNICS SUPERIORS DE L'IMAS a la que se dió traslado Impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.
Contra la sentencia de instancia, que estimó la demanda interpuesta por los demandantes, sobre reclamación de cantidad, se interpone el presente recurso de suplicación. La reclamación formulada por los demandantes, médicos que prestan servicios en la Entidad demandada, se basa en su derecho a cobrar las horas realizadas en exceso sobre la jornada anual, que realizan a través de las denominadas Guardias de presencia efectuadas en jornada laboral, mediante prolongación de jornada o mediante guardias de 24 horas, a un precio mínimo equivalente al valor de la hora ordinaria que resulte en computo anual.
El recurso va dirigido a que se revoque la sentencia de instancia, desestimando íntegramente la demanda, formulando la parte recurrente varias peticiones de estimación parcial, para que el precio de la hora de guardia con valor de hora ordinaria no se compute a partir de una jornada anual de 1826 horas y 27 minutos, sino de 2.290 horas, para que se descuente de la...
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ATS, 9 de Septiembre de 2010
...el carácter supletorio con la propia y directa aplicación de la norma. Recurrida en suplicación, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 14 de enero de 2010, Rec 648/09, confirma la anterior. Considera, con apoyo en doctrina unificada, que las guardias que se desempeña......