STSJ Comunidad Valenciana , 1 de Junio de 2005

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2005:3600
Número de Recurso1595/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Social

3 Recurso de suplicación nº 1595/05 Recurso contra Sentencia núm. 1595/05 Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Presidente Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver Ilam. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz En Valencia, a uno de Junio de dos mil cinco La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1771/05 En el Recurso de Suplicación núm. 1595/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 10 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. CINCO de Alicante, en los autos núm. 778/04 , seguidos sobre reintegro prestaciones por desempleo, a instancia de D. Alfredo , asistido del Letrado D. Rafael Ruiz Olmos, contra el Servicio Público de Empleo Estatal, asistido del Letrado D. Andrés García Ribera y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 10 de febrero de 2005 , dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando como estimo la demanda formulada por D. Alfredo contra el Instituto Nacional de Empleo, procede dejar son efecto la resolución del INEM de fecha 2.6.04, por la que se declara indebidamente percibida la suma de 5.333,92 correspondientes al periodo del 1.1.03 al 30.4.04 y extinguido el derecho al subsidio por desempleo de mayores de 52 años del que era beneficiario el demandante, que deberá continuar inscrito como demandante de empleo hasta la fecha de su jubilación, condenando al Instituto demandado a estar y pasar por tal declaración, con abono del citado subsidio desde el día 1.5.04 y en tanto reúna los requisitos legalmente exigidos para su mantenimiento. ".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Y así se declara que el hoy actor D. Alfredo , nacido el día 23-12-1948 con DNI NUM000 , ha venido percibiendo el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Su unidad familiar está compuesta por el actor, su esposa y tres hijos menores de 26 años. SEGUNDO.- Por resolución del Servicio Público de empleo Estatal de fecha 2-6-04 y tras una investigación rutinaria, se comunica al actor que se procede a causar baja cautelas en el subsidio por desempleo con fecha 1-1-03, al entender que incumplió el actor con la obligación de solicitar la baja en la percepción del desempleo al poseer el beneficiario rentas superiores al

75% del SMI excluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. Tipificada como infracción grave y sancionada con la extinción de las prestaciones, quedando así mismo sin efecto la inscripción como demandante de empleo y determinando la pérdida de los derechos que como demandante de empleo tuviese reconocidos, así como la devolución de las cantidades indebidamente percibidas, ascendiendo estas a la suma de 5.333,92 correspondientes al periodo del 1-1-03 al 30-4-04.

TERCERO.- Por resolución del Servicio Público de Empleo estatal de fecha 3-8-04 se declaró percepción indebida las prestaciones por desempleo en cuantía de 5.333,92 correspondiente al periodo del 1-1-03 al 30-4-04 por incumplimiento de la obligación de solicitar la baja...

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