SAP Toledo 134/2001, 5 de Marzo de 2001

PonenteMANUEL GUTIERREZ SANCHEZ-CARO
ECLIES:APTO:2001:263
Número de Recurso60/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución134/2001
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 2ª

Rollo Núm.60/01.-Juzg. 1ª Inst. Núm. 4 de Toledo.-J. Desahucio Núm.14/00.-SENTENCIA NÚM. 134

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION SEGUNDA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. MANUEL GUTIÉRREZ SANCHEZ CARO

D. ALFONSO CARRIÓN MATAMOROS

En la Ciudad de Toledo, a cinco de marzo de dos mil uno.

Esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 60 de 2001, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 2 de Toledo, en el juicio desahucio núm. 14100, sobre precario, en el que han actuado, como apelante D. Pedro Antonio , defendido por el Letrado Sr. Echevarria Torres; y como apelado D. Mauricio , representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Dorrego Rodríguez y defendido por el Letrado Sr. de los Reyes Calvo.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL GUTIÉRREZ SANCHEZ CARO, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 4 de Toledo, con fecha 2 de noviembre de 2.000, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que estimando la demanda formulada por Dª. Teresa Dorrego Rodríguez, actuando en nombre y representación de D. Mauricio , contra D. Pedro Antonio , debo declarar y declaro haber lugar al desahucio del demandado con respecto a la parcela NUM000 del polígono NUM001 , sita en el término municipal de Olías del Rey (Toledo), en el camino de Yunclillos, condenando al demandado a dejar la referida finca libre, y adisposición del actor, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciera dentro del plazo legalmente

establecido. Todo ello, con expresa condena en costas al demandado".-SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por el demandado, dentro del término establecido, se interpuso recurso de apelación, invocando por escrito sus motivos de impugnación que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, y admitido a trámite el recurso, se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.-SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los antecedentes de hecho,...

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