STSJ Cantabria 1046/2006, 15 de Noviembre de 2006

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2006:1563
Número de Recurso895/2006
Número de Resolución1046/2006
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En Santander a quince de noviembre de dos mil seis.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Baltasar contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº Uno de Santander, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Baltasar , sobre Seguridad Social, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y otros, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 27 de junio de 2006 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:1º.- El demandante, D. Baltasar , nacido el 9 de junio de 1960, figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el número NUM000 , siendo su profesión habitual la de jardinero.

  1. - Por sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 22 de enero de 2003 , se reconoció al actor afecto al grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de accidente de trabajo, con efectos económicos desde el 9 de marzo de 2001, en razón del siguiente cuadro residual: "Sufrió accidente laboral el 29-1-99 al caer de una pequeña altura, se lastima y pie, según parte de accidente, el dice que cayó de 7 m. Afectación actual:

    Refiere dolor en maleolo externo de tobillo derecho. También le duele la planta y el talón. Dice que por las mañanas le cuesta mucho empezar a moverse por agarrotamiento. También refiere que tiene dolores cervicales y dorsales (dice que se golpeó en la caída) y en muñeca izquierda en la que dice que se apoyó en la caída. También refiere hepatitis C y que está en tratamiento con Dr. Rodero por depresión. Según informe de mutua sufrió fractura de calcáneo derecho. Tuvo tratamiento ortopédico y rehabilitador. Actualmente presenta limitación para la flexión dorsal así como para el valgo y varo del talón. Presenta protuberancia dura en parte posterior del pie. Según informe aportado (4-12-00) de Fraternidad-Muprespa: "Presenta dolor en el pie derecho atribuible a la fractura del calcáneo. Aparece cuando realiza largos tiempos de deambulación o bipedestación. En los RX observa osteoporosis regional en el calcáneo y cierta artrosis subtalar todo ello atribuible a la fractura del calcáneo. Presenta además una limitación funcional para el varo y valgo de talón importante debido también a la fractura. SE aconseja por ello evitar períodos largos de deambulación, más en terrenos irregulares si ello le produjera sobrecarga del pietobillo". En muñeca izquierda (en la que tuvo fractura de colles en el 94) manifiesta dolor y pérdida de fuerza (dice que se apoyó en la caída). Presenta cierta deformidad en la misma y dolor a la movilidad que está limitada globalmente en últimos grados. RMN (1-2-01): "Fractura de Smith consolidada con acortamiento y angulación volar del radio distal. Síndrome de incapacitación cúbito-carpiano secundario. Pseudoartrosis de estiloides cubital (tipo I). Así mismo presenta informe de Valdecilla de 28-11-00: cervicalgia y dorsalgia. Movilidad dentro de límites normal. No radiculopatías. RX cervical: uncoartrosis C5-C6 y C6-C7 de intensidad moderada. Deficiencias más significativas: fracturas de calcáneo de pie derecho. Fractura de colles en el 94. Síndrome de impactación cúbito carpiano secundario y pseudoartrosis de estiloides cubital según RMN cervicalgia y dorsalgia".

  2. - Instada revisión de grado de invalidez, por medio de Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 4 de octubre de 2004, y previo dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades, se declaró no haber lugar a revisar el grado de invalidez reconocido en su día, por cuanto las secuelas siguen constituyendo en la actualidad el mismo grado de incapacidad. Interpuesta reclamación previa, la misma fue desestimada por resolución de 25 de noviembre de 2004.

  3. - La demandante en la actualidad padece las siguientes patologías:

    "Exploraciones por aparatos. Aparato Digestivo:

    Muy delgado 56 k para 175 cm. No Ictericia. Dolor a la presión en hipocondrio derecho. Informe de Digestivo 01.07.04:

    "Diagnosticado de Hepatitis crónica por virus c y cuadro depresivo de años de evolución que es enviado a esta consulta para evaluación de posible tratamiento antiviral. En mayo 2000 de desecha tratamiento debido a su inestabilidad psíquica. Acude para nueva evaluación demostrándose transaminasas en torno a 200 u/l, recibiendo tratamiento psiquiátrico y metadona. El paciente reconoce su inestabilidad psíquica por lo que descartamos la instauración por el momento de tratamiento antiviral".

    Aparato locomotor:

    Informe de Traumatología 22.06.04:

    "Fractura de muñeca izquierda (1994) y fractura de calcáneo derecho (2001). En la muñeca izquierda: deformidad con acortamiento de epifisis distal de radio. Limitación de la movilidad básicamente de la dorsiflexión y movimientos laterales. Calcáneo derecho: dorsiflexión algo limitada del tobillo derecho". Además constan los diagnósticos de cervicoartrosis, pinzamiento C5-C6 y C6- C7.

    Aparato Genito-Urinario:

    Informe de Urología 07.06.04:"Intervenido quirúrgicamente en 1983, practicándole una plastia pieloureteral de riñón derecho. En las últimas consultas urológicas manifiesta grandes dificultades para orinar y en varias ocasiones ha tenido molestias en la zona renal derecha, ocasionadas fácilmente por infección renal".

    Afecciones Psíquicas:

    Informe de la unidad ambulatoria de drogodependencias (07.06.04):

    "Se encuentra siguiendo un programa de mantenimiento con metadona en este centro desde el 5 de mayo de 1997, sobre su estado de salud destaca serología de hepatitis c positiva, conocida desde el año 1995, asimismo el paciente solicitó consulta con psicólogo por problemas depresivos, siendo atendido por primera vez por este motivo el 24 de julio de 2002".

    Informe de Psiquiatría confirma el trastorno ansioso depresivo. Conclusiones

    Deficiencias más significativas:

    Rigidez de tobillo derecho tras fractura de calcáneo. Rigidez de muñeca izquierda tras fractura. Hepatitis crónica por virus C. Cervicoartrosis. Operado de riñón derecho e infecciones de repetición. Toxicomanía en tratamiento con metadona, síndrome ansiosodepresivo. Bajo peso".

  4. - La base reguladora para la incapacidad permanente absoluta derivada de accidente de trabajo en computo mensual asciende a 859,20 euros, y la correspondiente a la derivada de enfermedad común, a 514,03 euros mensuales, siendo la fecha de efectos la de 5 de octubre de 2004.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos a Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La revisión que se solicita de los hechos probados carece de relevancia en el supuesto actual porque el cuadro acogido, incluida la valoración de las infecciones de repetición en riñón, justifican la incapacidad absoluta.

SEGUNDO

Denuncia asimismo el recurrente, por la vía del art. 191.c. de la Ley de Procedimiento Laboral , la infracción del art. 137.5 de la Ley General de la Seguridad Social en la que, a su juicio, incurre la sentencia impugnada si...

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