STSJ Galicia 962/2010, 2 de Marzo de 2010
Ponente | PILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR |
ECLI | ES:TSJGAL:2010:1490 |
Número de Recurso | 4218/2009 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 962/2010 |
Fecha de Resolución | 2 de Marzo de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
RECURSO SUPLICACION 0004218 /2009js
ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.
ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ
EMILIO FERNANDEZ DE MATA
PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR
A CORUÑA, dos de marzo de dos mil diez.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación número 0004218 /2009 interpuesto por María Cristina contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de LUGO siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR.
Que según consta en autos se presentó demanda por María Cristina en reclamación de
INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ; TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, no habiéndose dictado en autos núm. 0000086 /2009 sentencia con fecha nueve de Junio de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.- La actora, nacida el 26 agosto 1947, figura afiliada a la Seguridad Social con el n°
NUM000 desarrollando su actividad profesional como agricultora por cuenta propia.
Iniciado expediente de incapacidad permanente el 7 octubre 2008, se dictó resolución por la dirección provincial del INSS de fecha 17 octubre 2008, denegando la prestación solicitada por "non alcanza-las lesiones que padece, un grao suficiente de diminución para ser constitutivas de una incapacidad permanente, segundo o disposto no artigo 136.1 [LGSS] (...) Lesiones no invalLidantes".
Interpuesta reclamación previa el 24 noviembre 2008, fue desestimada por resolución de 10 diciembre 2008, que confirma la impugnada.
La actora presenta, objetivadas, las siguientes lesiones:
Artritis reumatoide diagnosticada en 2004, sin datos de brote actual ni tratamiento desde 2005. Hallux valgus bilateral. Hernia discal lumbar, discopatías L4-L5 y L5-Sl.
La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente es de 570,10 #
y la fecha de efectos en su caso de 17 octubre 2008, de conformidad por ambas partes.
La actora había iniciado expediente de incapacidad permanente con anterioridad, el 9 enero 2007, desestimado por resolución de 25 enero 2007 confirmada por la de 21 marzo 2007 y por sentencia JS 3 Lugo 4 junio 2007 a su vez confirmada por STSJ Galicia 11 abril 2008 ".
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que deb o desestimar la demanda presentada por Dña. María Cristina , y en virtud de ello debo absolver y absuelvo al INSSS y TGSS de los pedimentos deducidos en su contra".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
La sentencia de instancia desestima la demanda interpuesta por la actora, absolviendo al instituto demandado de las pretensiones contenidas en demanda; y disconforme con dicho pronunciamiento recurre la parte actora, articulando dos motivos de recurso, correctamente amparados en los apartados b) y c) del articulo 191 de la LPL, pretendiendo en el primero la revisión fáctica y denunciando en el segundo infracción jurídica.
Con correcto amparo procesal en el apartado b) del artículo 191 de la LPL pretende la recurrente la revisión de los hechos declarados probados, y en concreto la revisión del HDP tercero, para que se sustituya su redacción por el siguiente texto:"Artritis reumatoide seropositiva, diagnosticada en febrero de 2004, realizo tratamiento con arav 20 + Dolquine, que se suspendió en octubre de 2005 por hepatotoxicidad; actualmente a tratamiento con Dolotren (1 1 1) Omeoprazol 20, y MTX a 15 mg.a.STC bilateral (neuropatía...
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