STSJ Asturias 650/2010, 26 de Febrero de 2010

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2010:707
Número de Recurso3140/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución650/2010
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00650/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL (C/ SAN JUAN Nº 10)

N.I.G: 33044 34 4 2009 0103229, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003140 /2009

Materia: INCAPACIDAD PERMANENTE

Recurrente/s: Ariadna Recurrido/s: I.N.S.S.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de OVIEDO de DEMANDA 0000307

/2009

SENTENCIA Nº: 650/10

ILTMOS. SRES.

D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ

Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ

D. LUIS CAYETANO FERNANDEZ ARDAVIN

En OVIEDO a veintiséis de Febrero de dos mil diez, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0003140/2009, formalizado por el Letrado INDALECIO TALAVERA

SALOMON, en nombre y representación de Ariadna , contra la sentencia de fecha treinta de setiembre de dos mil nueve, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000307 /2009, seguidos a instancia de Ariadna frente al I.N.S.S., parte demandada representada por el LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE, siendo Magistrado-Ponente la Ilmo. Sr. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha treinta de setiembre de dos mil nueve por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - La demandante Dña. Ariadna , con DNI nº NUM000 y nacida el 11-7-49, figura afiliada a la Seguridad Social con el número NUM001 , dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y siendo su profesión habitual la de labradora por C./P. Está en activo.

    El 28-4-08 pasó a I.T. por contingencias comunes (dolor hombro NC), con alta médica cursada el

    3-11-08 por la I. Médica por propuesta de invalidez.

    Estuvo en I.T. asimismo (f. 37º útil):

    - de 16-11-06 a 15-5-07 (sd vaina músculos rotadores)

    - de 30-09-05 a 11-4-06 (dolor articular pierna)

    - de 03-08-04 a 11-4-05 (dolor articular pierna).

  2. - Seguidas actuaciones administrativas sobre incapacidad permanente, se dictó resolución el

    22-12-18 por la Dirección Provincial de Asturias del Instituto demandado, previa propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades, declarando que la interesada no está afectada de incapacidad permanente. La reclamación previa fue desestimada el día 30-3-09.

  3. - La demandante presenta:

    Síndrome subacromial bilateral, con rotura parcial del supraespinoso derecho. Espondilosis Cervico-lumbar discreta. Moderada dorsoartrosis con hiperostosis asociada. Gonartrosis bilateral discreta de predominio izd con rotura meniscal degenerativa interna. Diagnosticada por SM de Episodio Depresivo Moderado con síntomas somáticos de curso crónico.

    EXPLORACIÓN:

    C.O. Funcional. Psicopatología: facies de aspecto depresivo. Lenguaje muy parco (limitado a monosílabos). No ideación psicótica. Imagen física correcta. Refiere clínica de humor depresivo continuo con alteración del sueño, inapetencia alimentaria, astenia-anhedonia severa, visión pesimista del futuro con ideación autolítica ocasional. Locomotor: se viste/desviste autónomamente aunque con lentitud y expresando múltiples quejas. Exploración física: imposible. I.S.M. (18/11/08): Episodio depresivo moderado con síntomas somáticos de curso crónico.

  4. - Fue reconocida por el facultativo del Equipo de Valoración de Incapacidades emitiéndose el dictamen-propuesta el día 19-12-08.

  5. - La base reguladora de prestaciones es de 480,39 euros mensuales (en 14 pagas al año), con eventual fecha de efectos económicos iniciales del día siguiente al de cese en el trabajo.

  6. - Por padecer: "Dx mediante RM de gonoartrosis izquierda incipiente y rotura extensa de menisco interno. Quiste de Baker con signos de rotura. Derrame articular. Propuesta cirugía por COT. Signos degenerativos vertebrales acordes con la edad. EXPLORACIÓN: Marcha claudicante, independiente. Obesidad. Varices en ambas EEII. Pierna izda. de mayor diámetro que la dcha., sin flogosis. Rodilla izda. globulosa, sin flogosis. Parece existir derrame intraarticular. Difícil de explorar por dolor. Rótula adherida.

    BA: 80/-30º. M. meniscales (+) para M.I. Rodilla dcha. con aumento de temperatura. Crepitación articular. Rótula muy poco móvil. BA completo. Rx Rodillas: Izda.: moderado pinzamiento femoro-tibial interno. Dcha.: Incipientes signos degenerativos", ya se le denegó la pensión por sentencia de este mismo Juzgado de fecha 16-11-05 confirmada por la Sala mediante la suya de 26-1-07;...

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