SAP Barcelona, 12 de Junio de 2002

PonenteJOAQUIN DE ORO-PULIDO LOPEZ
ECLIES:APB:2002:6298
Número de Recurso850/2001
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución12 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. JOAQUÍN DE ORO PULIDO LÓPEZ

Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a doce de Junio de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoprimera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio del Artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal n° 490/2000, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° 29 de Barcelona, a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE C/ DIRECCION000 N° NUM000 DE BARCELONA, contra D. Lucas y Dª. Mercedes ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22 de Junio de 2.001, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO sito en la DIRECCION000 N° NUM000 de BARCELONA contra D. Lucas y contra Dña. Mercedes

, DEBO CONDENAR y CONDENO a los referidos demandados a que abonen a la actora la suma de

38.110.- pts, con más sus intereses legales desde la interpelación judicial y las costas del presente juicio."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 29 de Mayo de 2.002.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN DE ORO PULIDO LÓPEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Comunidad de Propietarios del edifico sito en la DIRECCION000 NUM000 de Barcelona, por los trámites previstos en el art. 21 de la Ley Propiedad Horizontal, ejercita acción de reclamación de cantidad contra D. Lucas y Dª. Mercedes , propietarios del entresuelo 2°, a los que se reclama la cantidad de 38.110 pesetas, importe de unas obras realizadas en elementos comunes, como consecuencia de acuerdo adoptado en Junta de 28 de Septiembre de 1993, y cuya reclamación fue acordada en la de 29 de Marzo de...

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