STS 1195/2009, 20 de Noviembre de 2009

PonenteJOAQUIN DELGADO GARCIA
ECLIES:TS:2009:7673
Número de Recurso749/2009
ProcedimientoCASACION
Número de Resolución1195/2009
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2009
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

En la Villa de Madrid, a veinte de Noviembre de dos mil nueve En la causa incoada por el Juzgado de Instrucción número 5 de Almería con el núm. 25/2005 y seguida ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de esa misma capital, que entre otro pronunciamiento absolutorio condenó a Alejo por un delito de resistencia grave a agentes de la autoridad , sentencia que ha sido anulada por la pronunciada en el día de hoy por esta Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, integrada por los anotados al margen, siendo ponente Joaquin Delgado Garcia. Se tienen aquí por reproducidos todos los datos de dicho acusado que aparecen en el encabezamiento de la sentencia recurrida.

ANTECEDENTES

Los de la sentencia recurrida y anulada, incluso su relato de hechos probados , así como los de la anterior sentencia de casación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Los de la citada sentencia de instancia con la salvedad de que, por lo dicho en el fundamento de derecho tercero de la referida sentencia de casación, no hubo un delito de resistencia del art. 556 del Código Penal , sino únicamente una falta contra el orden público del art. 634, de acuerdo con lo propugnado por el Ministerio Fiscal al apoyar parcialmente el motivo segundo del recurso.

SEGUNDO

Los demás de tal sentencia de casación.

TERCERO

En cuanto a la pena a imponer nos remitimos a lo dicho en tal fundamento de derecho tercero.

CUARTO

En cuanto a las costas, dado que se absolvió del delito de violación y otra falta de lesiones y también se absuelve del de atentado por el que se acusó en la instancia y del de resistencia por el que condenó la sentencia recurrido, habiendo sido condenado Alejo sólo por dos faltas en concurso ideal, procede imponer solo el pago de las costas de la instancia correspondientes a un juicio de faltas, declarando de oficio el resto.

III.

FALLO

CONDENAMOS a Alejo , como autor de dos faltas en concurso ideal, una de lesiones leves y otra contra el orden público, a una pena de multa de cuarenta y seis días con cuota diaria de seis euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas impagadas, condenándole al pago de la costas de la instancia correspondientes a un juicio de faltas y declarando de oficio el resto.

ABSOLVEMOS del delito de resistencia por el que condenó la Audiencia Provincial.

Con los demás pronunciamientos de la sentencia recurrida y anulada.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la Colección Legislativa lo pronunciamos, mandamos y firmamos . Adolfo Prego de Oliver y Tolivar Perfecto Andres Ibañez Miguel Colmenero Menendez de Luarca Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre Joaquin Delgado Garcia

PUBLICACIÓN .- Leidas y publicadas han sido las anteriores sentencias por el Magistrado Ponente Excmo. Sr. D. Joaquin Delgado Garcia, mientras se celebraba audiencia pública en el día de su fecha la Sala Segunda del Tribunal Supremo, de lo que como Secretario certifico.

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