STSJ Andalucía 440/2007, 14 de Febrero de 2007

PonenteJULIO ENRIQUEZ BRONCANO
ECLIES:TSJAND:2007:5245
Número de Recurso2688/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución440/2007
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 2.688/06, interpuesto por D. Hugo contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Siete de los de Granada en fecha 28 de Marzo de 2006 en Autos núm. 564/05, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Hugo , sobre SEGURIDAD SOCIAL, contra INSS, TGSS e IBERMUTUAMUR y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 28 de Marzo de 2006 , por la que desestima la demanda.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor D. Hugo , con Documento Nacional de Identidad número NUM000 , nacido el 14/04/1956, adscrito al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con número de afiliación a la Seguridad Social 18/461548-32, de profesión Industrial de la Construcción, con una base reguladora de 742'92 #/mes (folio

    91), con fecha 17/06/03 inició proceso de Incapacidad Temporal que finalizó con fecha 15/11/04 con propuesta de incapacidad permanente (folio 125) y tras instar la oportuna solicitud de prestación por incapacidad permanente, por Resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 28/01/05 (folio 97) se le denegó la prestación solicitada, entendiendo la Entidad Gestora que no estaba en situación de Incapacidad Permanente en ninguno de los grados previstos, habiendo precedido Informe Médico de Síntesis de fecha 17/01/05, cuyas conclusiones fueron recogidas en el dictamenpropuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de fecha 27/01/05.

  2. - Disconforme con la indicada Resolución, por la parte actora se formuló Reclamación Previa con fecha 27/06/05 postulando el grado absoluto de Invalidez permanente por enfermedad común (folios 132 a 138), la que fue desestimada por Resolución de la Entidad Gestora de fecha 13/07/05, promoviéndose la presente litis, por demanda presentada con fecha registro 05/09/05, la que tras ser turnada por el Decanato a este Juzgado de lo Social nº. Siete de los de Granada, fue admitida a trámite por Auto de fecha 08/09/05 .

  3. - La parte actora presenta como cuadro clínico crónico y sin perjuicio de la evolución, las siguientes patologías (folios 122, 126 y 127):

    . Distonia segmentaria (oro mandibular) iniciada tras extracción dentaria.

    . Secuelas de intervención de cirugía maxilofacial (extracción dentaria).

    . Trastorno ansioso-depresivo activo.

    Y como limitaciones orgánicas y/o funcionales:

    . Movimientos anormales (distónicos) oromandibular, del platismo y auricular.

    . Alteración del gusto y de la sensibilidad mandibular.

    · Cefaleas frecuentes, insomnio pertinaz y trastornos de la atención y concentración, que le acarrea alteración de la memoria anterograda.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por

D. Hugo , recurso que posteriormente formalizó, no siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero

La sentencia de instancia desestima la demanda del actor y declara que no hay Invalidez Permanente en grado alguno, y contra ella se alza la parte mediante el presente recurso de suplicación, que no fue impugnado de contrario, recurso que formula al amparo de los apartados b) y c) del artículo 191 de la L.P.L., dos motivos por la primera vía procesal y un tercero por la segunda.

Con amparo en el apartado b) del precepto indicado se formula un primer motivo, para la revisión fáctica, pretendiendo la modificación del Hecho Primero mediante la introducción en él de dos textos que propone.

El primero se solicita que, tras las fechas de iniciación y finalización del proceso de, o sea 17-6-03 y 15-11-04, se introduzca el siguiente texto:

"...mediante parte de alta con Propuesta de Incapacidad emitido por la Inspección Médica, tras informe propuesta de la Unidad de Valoración Medica de Incapacidades de igual fecha en que objetiva menoscabo funcional en el actor. Como...

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