STS 843/1980, 10 de Mayo de 1980

PonenteLUIS SANTOS JIMENEZ ASENJO
ECLIES:TS:1980:964
Número de Resolución843/1980
Fecha de Resolución10 de Mayo de 1980
EmisorTribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social

SENTENCIA NUM 843 Excmos. Señores:

D. Eusebio Rams Catalán

D. Luis Santos Jiménez Asenjo

D. Miguel Moreno Mocholi

Madrid a diez de mayo de mil novecientos ochenta. Habiendo visto los presentes autos pendientes ante Nos, en virtud de recurso de casación, acordado en el día de hoy, interpuesto por Servicio de Reaseguro de Accidentes del Trabajo, contra la sentencia dictada por la Magistratura de Trabajo número 2 de Guipúzcoa, representado y defendido por el Procurador D. Juan Ignacio Avila del Hierro y el Letrado D. Carlos del Peso, conociendo de demanda formulada por Maribel contra la empresa "Olur,

SA.", Mutualidad Laboral de Artes Gráficas, Servicio de Reaseguro, y Fondo Nacional de Garantías, sobre invalidez absoluta, estando representadas y defendidas ante esta Sala dicha demandante por el Procurador D. Enrique Hernández Tabernilla y el Letrado D. Ricardo de Agustín Corral, y La Mutualidad Laboral de Artes Gráficas por el Procurador D. Carlos de Zulueta Cebrián y el Letrado D. Antonio García Lozano.

ACEPTANDO

Aceptando los Resultandos de la sentencia recurrida.

SIENDO Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Luis Santos Jiménez Asenjo. CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO Que estando la actora afecta de incapacidad permanente absoluta, siendo dicha invalidez derivada de enferme dad común, de conformidad con lo establecido en la Ley de 8 de mayo de 1942 y Reglamento de 20 de Abril de 1961, y quinta disposición transitoria número 1, apartado c), del Texto Articulado I de la Ley de Seguridad Social, no le incumbe responsabilidad alguna respecto del pago de la renta vitalicia concedida al Servicio de Reaseguro de Accidentes de Trabajo, por lo que procede declararleabsuelto de la demanda, confirmando en todos los restantes extremos el fallo de la sentencia. FALLAMOS:

FALLAMOS

Que con estimación de la demanda interpuesta por Maribel , frente a la empresa "Olur SA.", Mutualidad Laboral de Artes Gráficas, Fondo de Garantía y Servicio de Reaseguro, sobre enfermedad, debemos declarar y declaramos a La actora afecta de una incapacidad permanente absoluta a consecuencia de enfermedad común, y condenamos a la Mutualidad Laboral de Artes Gráficas a partir del día seis de Febrero de 1.974 a pagar a la actora, la renta vitalicia anual del 100% del salario anual de ciento diez mil setecientas cuarenta pesetas, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía, absolviendo al resto de las demandadas

Devuélvanse los autos a la Magistratura de procedencia con certificación de esta sentencia y carta orden.

Así por esta nuestra sentencia que se publicará en el Boletín Oficial del Estado e insertará en la Colección Legislativa, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha siga la anterior sentencia por el Magistrado Ponente Excmo. Sr.

D. Luis Santos Jiménez Asenjo, celebrando audiencia pública en la Sala de lo Social del Tribunal Supremo el día de la fecha, de lo que como Secretario certifico. Madrid a diez de Mayo de mil novecientos ochenta.

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