STSJ Galicia 2652/2009, 26 de Mayo de 2009
Ponente | JOSE MARIA CABANAS GANCEDO |
ECLI | ES:TSJGAL:2009:4217 |
Número de Recurso | 6029/2008 |
Número de Resolución | 2652/2009 |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2009 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación número 6029/2008 interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 4 de VIGO siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA CABANAS GANCEDO.
Que según consta en autos se presentó demanda por Dª María Teresa en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 445/2008 sentencia con fecha trece de Octubre de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.- La demandante Dña. María Teresa con D.N.I. núm. NUM000 , de profesión psicomotricista educadora social, nacida el 2 de mayo de 1946, afiliada a la Seguridad Social con el nº NUM001 . Solicitó el 26/11/07 el grado de invalidez y previo informe del E.V.I. de 13/12/07, fue declarada en situación de invalidez permanente total por resolución del 25/03/08./ SEGUNDO.- Contra la anterior resolución interpuso la actora reclamación previa el 22/03/08 que fue desestimada en fecha 29 de abril de 2008./ TERCERO.- Los padecimientos actuales de la actora son: Hepatitis crónica por virus C en fase cirrótica. Espondiloartrosis cervical y lumbar. Osteoporosis. Sdme. Depresivo. Incipiente deterioro cognitivo.Fibromialgia".
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Dña. María Teresa contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo declarar y declaro que la demandante se encuentra en situación de incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad común, y, en consecuencia, condeno al Instituto Nacional de la Seguridad Social, con efectos desde la fecha del dictamen de la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades, al pago de una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora en las condiciones y con los efectos legal y reglamentariamente previstos".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
ÚNICO.- Ante la...
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ATS, 6 de Abril de 2010
...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 26 de mayo de 2.009, en el recurso de suplicación número 6029/08, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de los de Vigo de fecha ......