STSJ Cantabria 1089/2008, 9 de Diciembre de 2008

PonenteSANTIAGO EDUARDO PEREZ OBREGON
ECLIES:TSJCANT:2008:1915
Número de Recurso977/2008
Número de Resolución1089/2008
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En Santander, a nueve de diciembre de dos mil ocho.

En los recursos de suplicación interpuestos por la representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social y de la Mutua Fraternidad-MUPRESPA contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cuatro de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Ismael siendo demandados Global STELL Wire. S.A. y otros sobre incapacidad y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 16 de junio de 2008 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:1º.- El actor D. Ismael , nacido el 13 de agosto de 1949, afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, ha venido prestando servicios para la empresa GLOBAL

STEEL WIRE S.A., siendo su profesión habitual la de mecánico de mantenimiento. La empresa tiene cubierto el riesgo por accidente de trabajo con la MUTUA FRATERNIDAD.

  1. - El día 18 de marzo de 2006 el trabajador sufrió un accidente de trabajo, - indiscutido-.

    El puesto de trabajo del actor conlleva los cometidos siguientes:

    -Conocerá con detalle el funcionamiento de los Minibloques, T.S.T.s y Sistemas de Lubricación correspondientes (S.L.D-S.L.F- S.L. Minibloques- S.L.RSM) y Conos Devanado y Pinch Roll.

    -Efectuará las revisiones encomendadas diariamente de los referidos Sistemas de Lubricación, así como la limpieza de filtros, cuando éstos lo requieran.

    -Realizará las reparaciones mecánicas de los equipos a su cargo, montaje y desmontaje, con control de las medidas, Cajas y Cárteres en T.S.T.s- Minibloques- S.L.F- S.L. E- Minibloques (12/15 ) y RSM.

    -Cuidará del estado y conservación de los equipos, manteniendo el orden y limpieza en su zona de trabajo, dando cuenta de las anomalías que detecte.

    -Realizará los trabajos de soldadura que se estimen oportunos a criterio de su Jefe inmediato.

    -Colaborará en las tareas encomendadas a Mantenimiento en los cambios de diámetro:

    -Cambio deflectores en el Cono Devanado.

    -Cambio Pala Distribuidora de espiras.

    -Cambio cuchillas Tijera Emergencia RSM.

    -Durante los cambios programados y paradas imprevistas de tren, verificar:

    -Estado de retenes, MBLs, TSTs y RSMs, efectuando los cambios necesarios en caso de entrada de agua a los Sistemas de Lubricación.

    -Sprays, tubos refrigeración MBLs, TSTs, RSMs, limpiando los mismos en caso necesario.

    -Antes de los cambios de diámetro, se asegurará que los equipos hidráulicos (bombas y gato) de cambio de rodillos en MBLs, TSTs, y RSMs se encuentran en perfecto estado de funcionamiento.

    -Cooperará en los trabajos que se le requiera y siempre que el Maestro de turno así lo estime que el oportuno.

    -Vigilará las presiones de RSM según el esquema adjunto.

    La empresa ha cambiado al actor a un puesto de trabajo dentro del mismo departamento denominado "control de aguas del tren de laminación".

  2. - A consecuencia del accidente el actor presenta el siguiente cuadro clínico:

    Aparato Locomotor:

    Exploración: 2º dedo de la mano izquierda en trabajador diestro: cicatriz de 37 cm desde pulpejo del 2° dedo hasta el antebrazo, con zona hipercrómica de 5 x 2,5 cm correspondiente al colgajo cutáneo, a nivel del 2° radio digital. Balance articular: anquilosis en flexión de 35° de artic. Interfalángica distal del 2° dedo mano izquierda. Flexión pasiva de 45° de la articulación interfalángica proximal con movilidad activa nula (anquilosis funcional). Distancia pulpejo-palma del 3er. radio de 15 rnm. Articulación metacarpofalángica: 0-90°. Se aporta informe médico del 10-0507. "Ha sido propuesta revisión quirúrgica al paciente que tras analizar pros y contras ha desechado nueva intervención quirúrgica. Estas secuelas pueden considerarse como definitivas."Conclusiones: Anquilosis de articulación interfalángica distal (2° interfalángica) del 2° dedo de la mano izquierda. Anquilosis de la articulación 1° interfalángica del 2° dedo de la mano izquierda. Cicatrices en mano y antebrazo izquierdos. Baremo nO 110 (3/8), baremo nO 56-1: Anquilosis de las articulaciones interfalángicas asociadas del dedo índice de la mano izquierda.

    Conclusiones:

    Deficiencias más significativas:

    Herida abierta mano izquierda complicada.

    Tratamiento efectuado, cen y serv. donde ha recibido

    asis. el enfermo: Médico quirúrgico (desbridamiento 2° radio y cobertura de colgajo, tenoplastia) rehabilitación.

    El actor no hace pinza izquierda, y no hace puño ni con el segundo dedo de la mano ni con el tercer dedo de dicha extremidad. El trabajador es diestro,-indiscutido-.

  3. - Iniciadas las actuaciones administrativas, en fecha 25 de octubre de 2007 se dictó resolución por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, previo dictamen de la E. V. I., declarando al actor no afecto a invalidez permanente en ninguno de sus grados, y concediéndole la suma de 1.590 euros conforme a baremo por lesiones permanentes no invalidantes derivado de accidente de trabajo a cargo de la MUTUA FRATERNIDAD.

    Interpuesta reclamación previa por el trabajador, solicitando su declaración de encontrarse...

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