STSJ Comunidad Valenciana 1261/2009, 23 de Abril de 2009

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2009:2882
Número de Recurso1900/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1261/2009
Fecha de Resolución23 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 1261/2009

En el Recurso de Suplicación núm. 1900/08, interpuesto contra la sentencia de fecha 18 de enero de 2008, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dos de Valencia, en los autos núm. 747/07, seguidos sobre Cantidad, a instancia de D. Alvaro , D. Alvaro , D. Bartolomé , D. Cecilio , D. Dionisio , D. Eulogio , D. Florentino , D. Hernan , D. Jeronimo , D. Severino , D. Jose Ignacio , D. Luis Alberto , D. Juan Enrique , D. Agapito , D. Artemio y Candido asistidos por el Letrado D. Isidro Monteagudo López, contra BONNY CREACIONES, S.L., INMOBILIARIA GUADALMEDINA, S.A. asistida por la Letrada Dª Elena Rubio Fajardo y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y en los que es recurrente la parte codemandada Inmobiliaria Guadalmedina, S.A., habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 18-01-08 dice en su parte dispositiva: "FALLO: Estimando la demanda que da origen a estas actuaciones, debo condenar y condeno a la empresa demandada BONNY CREACIONES, S.L. a que abone a cada uno de los actores los importes que se dirán, los cuales se incrementarán en el interés por demora del 10 por cien anual, y por los conceptos expresados en la demanda: a D. Candido , 2.640,45 #; a D. Alvaro , 2.602,72 #; a D. Bartolomé , 2.184,37 #; a D. Cecilio

, 2.545,01 #; a D. Dionisio , 2.731,40 #; a D. Eulogio , 2.434,65 #; a D. Florentino , 2.846,55 #; a D. Hernan ,

2.846,55 #; a D. Jeronimo , 3.148,83 #; a D. Severino , 3.388,52 #; a D. Jose Ignacio , 2.112,09 #; a D. Luis Alberto , 2.367,24 #; a D. Juan Enrique , 3.427,79 #; a D. Agapito , 2.976,40 #, y a D. Artemio , 2.871,79 #, y condenando asimismo solidariamente a INMOBILIARIA GUADALMEDINA,S.A. al abono de dichos importes hasta el límite y por los conceptos que se establecen en el ordinal quinto de los Fundamentos de Derecho de esta resolución más el interés por demora del 10 por cien anual respecto de los importes afectados por dicha condena solidaria y condenando al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por los efectos de esta resolución".SEGUNDO.- Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Los actores que se dirán han venido prestando sus servicios por cuenta de la empresa demandada Bonny Creaciones, S.L., dedicada a la actividad de construcción, en virtud de los respectivos contratos de trabajo temporales para la realización de obra o servicio determinado, con la categoría profesional, antigüedad y salario diario, con inclusión del prorrateo de gratificaciones extraordinarias, que para cada uno de ellos seguidamente se indican y hasta que su respectivo contrato de trabajo quedó extinguido el 25-5-2007:

D. Candido : oficial 1ª (nivel VIII), 16-1-2006 y 50,89 #

D. Alvaro : peón (nivel X), 2-2-2005 y 39,05 #

D. Bartolomé : peón especialista (nivel X), 29-8-2006 y 42,21 #

D. Cecilio : oficial 1ª (nivel VIII), 29-8-2006 y 53,33 #

D. Dionisio : oficial 1ª (nivel VIII), 1-9-2006 y 63,40 #

D. Eulogio : oficial 1ª (nivel VIII), 20-7-2006 y 53,55 #

D. Florentino : oficial 1ª (nivel VIII), 20-7-2006 y 60,74 #

D. Hernan : oficial 1ª (nivel VIII), 20-7-2006 y 60,74 #

D. Jeronimo : oficial 1ª (nivel VIII), 2-2-2005 y 63,39 #

D. Severino : oficial 1ª (nivel VIII), 13-3-2007 y 53,55 #

D. Jose Ignacio : oficial 1ª (nivel VIII), 1-9-2006 y 53,65 #

D. Luis Alberto : oficial 2ª (nivel IX), 1-9-2006 y 46,15 #

D. Juan Enrique : oficial 1ª (nivel VIII), 13-3-2007 y 54,22 #

D. Agapito : oficial 1ª (nivel VIII), 13-7-2005 y 53,55 #

D. Artemio : peón esp. (nivel X), 13-7-2005 y 50,89 #

SEGUNDO

Por consecuencia de su prestación de servicios para la demandada Bonny Creaciones, S.L. en la obra sita en "Vereda de Campolivar" desde el 16-11-2006, promovida por Inmobiliaria Guadalmedina, S.A., los actores han devengado las siguientes retribuciones:

D. Candido :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.272,28 #

Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 472,45 #

Indemnización por fin de contrato 829,20 #

Total devengado 2.640,45 #

D. Alvaro :

Salarios de 21 días de mayo 2007 775,52 #

Plus transporte mayo 2007 55,79 #

Complemento I.T. del 8 al 11 de mayo 2007 23,43 #P.P. Vacaciones 2007 442,03 #

Indemnización por fin de contrato1.305,95 #

Total devengado 2.602,72 #

D. Bartolomé :

Salarios de 25 días de mayo 2007 988,76 #

Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 442,03 #

Indemnización por fin de contrato 687,16 #

Total devengado2.184,37 #

D. Cecilio :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.272,38 #

Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 472,45 #

Indemnización por fin de contrato 733,76 #

Total devengado2.545,01 #

D. Dionisio :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.467,21 #

Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 472,45 #

Indemnización por fin de contrato 725,32 #

Total devengado2.731,40 #

D. Eulogio :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.272,38 #

Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 472,45 #

Indemnización por fin de contrato 623,40 #

Total devengado2.434,65 #

D. Florentino :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.467,21 #

Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 472,45 #Indemnización por fin de contrato 840,47 #

Total devengado2.846,55 #

D. Hernan :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.467,21 # Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 472,45 #

Indemnización por fin de contrato 840,47 # Total devengado2.846,55 #

D. Jeronimo :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.293,71 # Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 472,45 #

Indemnización por fin de contrato1.316,25 # Total devengado 3.148,83 #

D. Severino :

Salarios de abril 2007 1.526,89 #

Plus transporte abril 2007 79,70 #

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.272,38 # Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 241,11 #

Indemnización por fin de contrato 202,04 # Total devengado3.388,52 #

D. Jose Ignacio :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.086,40 # Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 472,45 #

Indemnización por fin de contrato 485,82 # Total devengado2.112,09 #

D. Luis Alberto :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.153,85 # Plus transporte mayo 2007 66,42 #P.P. Vacaciones 2007 452,33 #

Indemnización por fin de contrato 694,64 #

Total devengado2.367,24 #

D. Juan Enrique :

Salarios de abril 2007 1.547,06 #

Plus transporte abril 2007 79,70 #

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.289,21 # Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 241,11 #

Indemnización por fin de contrato 204,29 #

Total devengado 3.427,79 #

D. Agapito :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.272,38 # Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 472,45 #

Indemnización por fin de contrato 1.165,15 #

Total devengado 2.976,40 #

D. Artemio :

Salarios de 25 días de mayo 2007 1.272,38 #

Plus transporte mayo 2007 66,42 #

P.P. Vacaciones 2007 442,03 #

Indemnización por fin de contrato 1.090,96 #

Total devengado 2.871,79 #

TERCERO

La mercantil Inmobiliaria Guadalmedina,S.A., promotora y empresa principal de la construcción de 81 viviendas unifamiliares en la denominada Vereda de Campolivar, concertó con Bonny Creaciones,S.L en virtud de contrato suscrito el 5-12- 2006, la realización por ésta de las fachadas en ladrillo de caravista de las viviendas indicadas, al precio de 30,00 #/m2, y las horas de trabajo por administración a razón de 18,25 #/h. la del oficial 1ª y de 17,00 #/h. la del peón.- CUARTO.- La mercantil Bonny Creaciones, S.L. hizo entrega a los actores de los recibos de salarios correspondientes a 25 días de mayo de 2007 en los que se desglosa el importe devengado por cada uno de ellos en los días señalados.-QUINTO.- Se intentó la conciliación administrativa previa".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte codemandada Inmobiliaria Guadalmedina, S.A. que fue debidamente impugnado por la parte demandante. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. Se interpone recurso de suplicación por la representación letrada de la codemandadaInmobiliaria Guadalmedina SA, frente a la sentencia de instancia que le condena solidariamente al abono de las cantidades que se especifican en la misma. El recurso se articula en dos motivos, el primero redactado al amparo de la letra b) del art. 191 de la LPL , para interesar, en primer lugar, la revisión del hecho probado primero, proponiendo el siguiente texto alternativo, "Los actores que se dirán han venido prestando sus servicios por cuenta de la empresa demandada Bonny Creaciones SL dedicada a la actividad de construcción, en virtud de los respectivos contratos de trabajo, con...

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