STSJ Andalucía 91/2009, 23 de Enero de 2009

PonenteJOSE ANGEL VAZQUEZ GARCIA
ECLIES:TSJAND:2009:2502
Número de Recurso483/2006/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución91/2009
Fecha de Resolución23 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

D. Guillermo Sanchis Fernández Mensaque.

D. José Ángel Vazquez García.

D. Juan María Jiménez Jiménez.

En Sevilla, a 23 de enero de 2009.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto en nombre del Rey el recurso número 483/2006, seguido entre las siguientes partes: DEMANDANTE: D. Romualdo , D. Juan Luis , Dª Felisa , D. Adriano , D. Artemio , Dª Julieta y Dª Milagros representados por el Procurador D. Javier Otero Terrón y asistidos de Letrado. DEMANDADA: JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE CÓRDOBA, representado y defendido por el Abogado del Estado.

A N T E C E D E N T E S DE H E C H O
PRIMERO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala, dicte sentencia anulatoria de las resoluciones impugnadas, con los demás pronunciamientos de constancia.

SEGUNDO

En su contestación la parte demandada solicita dicte sentencia desestimando el recurso interpuesto.-TERCERO .- Recibido el presente recurso a prueba, se llevaron a efecto las admitidas, con el resultado que obra en los ramos unidos al mismo.-CUARTO.- Requeridas las partes para que presentaran el escrito de conclusiones que determina el art. 64 de la Ley Jurisdiccional , evacuaron dicho trámite mediante los escritos que obran unidos a las actuaciones.-QUINTO.- Señalado día para la votación y fallo del presente recurso, ha tenido efecto en el designado, habiéndose observado las prescripciones legales.-Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. José Ángel Vazquez García.-

F U N D A M E N T O S DE D E R E C H O
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Córdoba en sesión celebrada el día 8 de marzo de 2006 por el que se fija en la cantidad total, incluido premio de afección, de 217.767,63 €, el justiprecio correspondiente a la expropiación por la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental, para la ejecución del proyecto "33-CO-2990 M1 de Acondicionamiento de la N- 432 de Badajoz a Granada, tramo Cerro Muriano", de lafinca nº 14-001.0022 (Polígono 80, parcela 32 D), en una superficie de 22.692 m2.

SEGUNDO

Señala el acuerdo impugnado que por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa se han seguido los criterios de valoración establecidos en la Ley de Expropiación Forzosa y en la Ley 6/1998, de 13 de abril , sobre régimen del suelo y valoraciones, estimando, que aunque se trata de un suelo no urbanizable, tiene perspectivas de ser urbanizado en un plazo corto de tiempo, ya que existen urbanizaciones cercanas y alrededor del área expropiada, la cual se encuentra de hecho en una zona de expansión de la ciudad de Córdoba. Siguiendo esta línea, continúa el Jurado, se ha tenido en cuenta, con carácter orientativo el precio medio de fincas colindantes que se refleja en escrituras públicas de compraventa, llegando de esta forma a valorar el metro cuadrado de suelo expropiado en 9,02 €.

TERCERO

Los demandantes muestran...

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