SAP Barcelona 210/2005, 21 de Abril de 2005
Ponente | AMELIA MATEO MARCO |
ECLI | ES:APB:2005:3937 |
Número de Recurso | 65/2005 |
Número de Resolución | 210/2005 |
Fecha de Resolución | 21 de Abril de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª |
SENTENCIA N ú m. 210/05
Ilmos. Sres.
D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA
Dª.AMELIA MATEO MARCO
Dª.MARIA DOLORES MONTOLÍO SERRA
En la ciudad de Barcelona, a 21 de abril del 2005.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 617/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Mataró (ant. Cl-8 ), a instancia de Dª. Soledad contra MAPFRE y DIRECCION000 DE EL MASNOU; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de DIRECCION000 DE EL MASNOU contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de Febrero de 2.004, por la Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dña. Soledad contra la DIRECCION000 de El Masnou, en situación procesal de rebeldía, y contra la Compañía MAPFRE, representada por la Procuradora Sra. CRESPO, debo condenar y condeno a la Comunidad de Propietarios demandada a reparar por si o a su costa los daños causados en el lavadero de la vivienda de la actora como consecuencia de la rotura del bajante comunitario que transcurre por el piso principal sito encima del mismo; absolviendo a la Compañía MAPFRE de los pedimentos deducidos en su contra en el suplico del escrito de demanda.- Condenado a la Comunidad demandada al pago de las costas causadas en esta instancia".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación por DIRECCION000 DE EL MASNOU mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día CUATRO DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. AMELIA MATEO MARCO.
La actora, que es propietaria de un piso sito en el nº NUM000 de la DIRECCION000 de El Masnou, reclamó de la Comunidad de Propietarios de la finca, y su aseguradora, la reparación de la avería que le había producido determinadas humedades en su vivienda.
La sentencia de primera instancia estimó la demanda frente a la Comunidad de Propietarios. Condenó a ésta a reparar los daños causados en el lavadero de la vivienda de la actora como consecuencia de la rotura del bajante comunitario, y absolvió a la aseguradora, por entender que los hechos no estaban cubiertos por el seguro.
Contra dicha sentencia se alza la Comunidad oponiendo la prescripción que en la primera instancia hizo valer su compañía aseguradora. Alega que los hechos teóricamente se produjeron el día 25 de julio del 2002,...
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