SAP Pontevedra 451/2007, 19 de Noviembre de 2007

PonenteANTONIO JUAN GUTIERREZ RODRIGUEZ-MOLDES
ECLIES:APPO:2007:2849
Número de Recurso366/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución451/2007
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA: 00451/2007

LA SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por

los Magistrados Ilmos. Sres. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES, Presidente, D. JAIME ESAIN MANRESA y D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS, ha pronunciado, EN NOMBRE

DEL REY, la siguiente:

SENTENCIA Nº: 451/2007

En PONTEVEDRA, a diecinueve de Noviembre de dos mil siete

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de procedimiento ordinario nº 460/2005, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Villagarcía de Arosa (Rollo de Sala número 366/2007) en el que son partes como apelante: D. Jesús Ángel , que se personó en esta instancia representado por el procurador D. José Portela Leirós; y como apelados: Dª Claudia , Dª Inés y D. Baltasar ; D. Donato , siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.-MOLDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 29 de diciembre de 2006, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: "Con estimación parcial de la demanda presentada por el Procurador Sr. Gómez Feijoo, en nombre y representación de D. Jesús Ángel , frente a Dª Inés , D. Donato , Dª Claudia Y D. Baltasar , se declara que la pared norte de las ruinas de la casa sita en la finca del demandante, tiene el carácter de medianero hasta el punto común de elevación con las ruinas, hoy casi inexistentes, de la antigua caseta en la finca de los demandados; muro medianero que debe ser demolido para poder proceder a la demolición de las ruinas de la edificación existente en la finca del actor y en su lugar debe construirse un nuevo muro siguiendo el trazado de la línea de medianería fijada en el croquis obrante en el informe emitido por la perito designada por el juzgado, Dª Andrea ; desestimándose el resto de las pretensiones formuladas en la demanda. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación de D. Jesús Ángel , recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de laresolución apelada en lo que resultara desfavorable, por la representación de D. Jose Daniel , Dª Claudia y

D. Baltasar ; no formulándose impugnación a la sentencia ni oposición al recurso por D. Donato .

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 12 de junio de 2007, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos jurídicos de...

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