SAP Asturias 242/2006, 26 de Junio de 2006

PonenteJULIO FRANCISCO CARBAJO GONZALEZ
ECLIES:APO:2006:2026
Número de Recurso175/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución242/2006
Fecha de Resolución26 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

Resumen:

MATERIAS NO ESPECIFICADAS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

OVIEDO

SENTENCIA: 00242/2006

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000175 /2006

NÚMERO 242

En OVIEDO, a veintiséis de Junio de dos mil seis, la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia

Provincial de Oviedo, compuesta por Don Francisco Tuero Aller, Presidente, Doña Nuria Zamora Pérez y Don Julio Carbajo González, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 175/2006, en autos de Juicio Ordinario nº 149/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número dos de Grado, promovido por DOÑA Patricia y MUTUA GENERAL DE SEGUROS, demandantes en primera instancia, contra ALLIANZ, SEGUROS Y REASEGUROS y DON Carlos José , demandados en primera instancia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Julio Carbajo González.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Grado dictó Sentencia con fecha cinco de diciembre de dos mil cinco , cuya parte dispositiva dice así: Estimo parcialmente la demanda presentada por el Procurador José Antonio Menéndez Arango en nombre y representación de Patricia y Mutua General de Seguros contra Carlos José y entidad aseguradora Allianz, con los siguientes pronunciamientos:

  1. De condena de Carlos José y entidad aseguradora Allianz a pagar de manera solidaria a Patricia la cantidad de 8.441'85 euros, incrementados respecto de la aseguradora demandada en los intereses referidos en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde la fecha del siniestro sobre la cantidad de

    3.284'19 euros, cantidad total de la que habrá de deducirse el importe de las sumas consignadas judicialmente a favor de la demandante.

  2. De condena de Carlos José y entidad aseguradora Allianz a pagar de manera solidaria a Mutua General de Seguros la cantidad de 1.202'16 euros.

    En ambos casos, sin expresa condena en costas, de modo que cada parte abonará las ocasionadas a su instancia, y las comunes, si las hubiere, por mitad.SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día trece de Junio de dos mil seis .TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por Doña Patricia y Mutua General de Seguros se formuló demanda contra Carlos José y la entidad aseguradora Allianz, por la que solicitaba que se condenara solidariamente a los codemandados a abonar a la primera la cantidad de 38.836'78 € y a Mutua General de Seguros la de 5.213'97 € , más los intereses legales por mora y las costas del proceso, como consecuencia de las lesiones producidas y los gastos ocasionados a resultas de un accidente de circulación sufrido el día 9 de noviembre de 2003 por la actora cuando circulaba por la carretera N-634, en el término municipal de Grado, al colisionar con el vehículo conducido por el codemandado, Sr. Carlos José , asegurado por la Compañía aseguradora codemandada, Allianz. No siendo objeto de discusión en este pleito ni la realidad del accidente ni la culpabilidad del demandado, ni los daños materiales ocasionados al vehículo que conducía la actora, se contraen los términos litigiosos a la determinación de los daños de naturaleza personal padecidos por ésta a resultas del accidente, así como al reembolso de los gastos originados como consecuencia del tratamiento de las lesiones experimentadas, que corrieron tanto a cargo de ella como de la Mutua General de Seguros, entidad aseguradora del vehículo que conducía. En este sentido, la demanda contiene un completo listado de los diferentes conceptos que integran su reclamación; días de hospitalización, impeditivos, secuelas y gastos de taxi, farmacia y médicos, que alcanzan la suma anteriormente referida. Asimismo, se articula en ella la reclamación a favor de la aseguradora por los gastos médicos y hospitalarios que afrontó y que ascienden a la meritada suma de 5.213'97 €.

La sentencia ahora recurrida estimó en parte la demanda y concedió a la actora la cantidad de

8.441'85 € en concepto de indemnización por las secuelas padecidas, apreciadas en 5 puntos, por los 100 días que fueron precisos para la curación de las lesiones y por los gastos provocados por la atención psicológica que se prestó a la actora, las carreras de taxi y la adquisición de productos farmacéuticos, así como la suma resultante de aplicar los intereses por mora del asegurador contemplados en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde la fecha del siniestro al montante que se obtenga de la diferencia entre la indemnización concedida y la cantidad consignada en el juicio de faltas en su día seguido como consecuencia de la colisión provocada.

SEGUNDO

Frente a la mencionada sentencia se alza el presente recurso de apelación formulado por la actora que pretende en esta instancia el reconocimiento íntegro de los...

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