SAP Murcia 109/2006, 19 de Abril de 2006

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2006:525
Número de Recurso100/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución109/2006
Fecha de Resolución19 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCI A Nº 109

En la ciudad de Murcia, a diecinueve de Abril de dos mil seis.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Ilma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal nº 257/05 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de lo Mercantil de Murcia entre las partes, como actora y ahora apelada "Sociedad General de Autores y Editores" (S.G.A.E.), representada por la Procuradora Sra. Galindo Marín y defendida por el Letrado Sr. Luengo Román, y como demandado y ahora apelante D. Rosendo , representado por el Procurador Sr. Albaladejo Caravaca y defendido por el Letrado Sr. Verdú López. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDE NTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 25 de Noviembre de 2005 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así; FALLO: "Que estimando la demanda promovida por la Procuradora Doña Ana Galindo Marín, en nombre y representación de la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES contra Don Rosendo , condeno a este a pagar a la actora por la comunicación pública de obras llevadas a cabo sin autorización en el establecimientodenominado "GIMNASIO HERACLES" y por el periodo comprendido entre octubre de 2002 y septiembre de 2005, ambos inclusive, la suma de ochocientos ochenta y cinco euros con noventa céntimos de euro (885,90 euros), con los intereses legales correspondientes desde la fecha de interposición de la demanda hasta el completo abono de la deuda, y las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación la parte demandada, basado en falta de legitimación pasiva; error en la valoración de la prueba y disconformidad con el pronunciamiento sobre costas.

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia apelada.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 100/06 de Rollo. En proveído del día se acordó traer los autos a la vista para dictar Sentencia, señalándose para la celebración de la votación y fallo el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMEN TOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que estima en su integridad la acción ejercitada por la Sociedad General de Autores y Editores (S.G.A.E.) contra el demandado Don Rosendo en reclamación de la cantidad de 885,90 € importe de los derechos de propiedad intelectual derivados de la comunicación pública de obras musicales y audiovisuales gestionadas por la actora en el establecimiento "Gimnasio Heracles" de titularidad del referido Sr. Rosendo , la citada parte litigante demandada, disconforme con el mencionado pronunciamiento judicial, comparece en esta alzada interesando la revocación de dicha sentencia y el dictado de otra que desestime la pretensión objeto de la demanda, por entender, de un lado, la existencia de falta de legitimación pasiva del demandado, y por considerar de otro, que se ha producido error en la valoración de la prueba. Finalmente muestra su disconformidad con el pronunciamiento sobre costas.

SEGUNDO

Concretadas en los indicados términos las distintas cuestiones impugnatorias suscitadas en esta apelación, entiende este Tribunal, tras la revisión de todo lo actuado en...

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