SAP Murcia 277/2005, 4 de Noviembre de 2005

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2005:1808
Número de Recurso197/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución277/2005
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 277

En la ciudad de Murcia, a cuatro de noviembre de dos mil cinco.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Lorca y seguidos ante el mismo con el nº 507/2003 , -rollo nº 197/2005-, entre las partes, actora, Dª. Julieta , mayor de edad, casada, vecina de Lorca, con domicilio en DIRECCION000 , con D.N.I. nº NUM000 , representada en el Juzgado por el Procurador Sr. Cañizares Millán y en la Audiencia por el Procurador Sr. Albacete Manresa, y dirigida por el Letrado Sr. Martínez Díaz; y demandados, D. Gabino , mayor de edad, casado, vecino de Lorca, con domicilio en DIRECCION000 , CALLE000 nº NUM001 , con D.N.I. nº NUM002 , representado en el Juzgado por el Procurador Sr. Aragón Villodre y en la Audiencia por el Procurador Sr. Aledo Martínez, y dirigido por el Letrado Sr. Zaragoza García, y D. Silvio , mayor de edad, vecino de Lorca, con domicilio en DIRECCION000

, CALLE001 , con D.N.I. nº NUM003 , representado por el Procurador Sr. Arcas Barnés y dirigido por el Letrado Sr. Bastida García. Versando sobre acción de deslinde y amojonamiento.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelacióninterpuesto por Dª. Julieta contra la sentencia de 13 de mayo de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Lorca ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que desestimando como desestimo la demanda formulada por Dª. Julieta , representada por el Procurador Sr. Cañizares Millán, bajo la dirección del Letrado Sr. Martínez Díaz, contra D. Gabino , representado por el Procurador Sr. Aragón Villodre, bajo la dirección del Letrado Sr. Zaragoza García, y D. Silvio , representado por el Procurador Sr. Arcas Barnés, bajo la dirección del Letrado Sr. Bastida García, debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de los pedimentos contenidos en el escrito de demanda, con expresa condena a la parte demandante al pago de las costas procesales".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Dª. Julieta recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil .

Tercero

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 197/2005, y tras la votación y fallo quedó el recurso visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

Dª. Julieta interpuso demanda de Juicio Verbal solicitando que se dictara sentencia que declarara que los linderos de las fincas nº NUM004 , parcela nº NUM005 , polígono NUM006 , y nº NUM007

, parcela nº NUM008 , polígono NUM009 , resultan conformes a las superficies y lindes expresados por los títulos aportados por la actora y que se encuentran alterados por la intromisión que sobre tales linderos y límites habían llevado a cabo D. Gabino y D. Silvio , modificando tales...

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