SAP Murcia 279/2005, 7 de Noviembre de 2005

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2005:1811
Número de Recurso247/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución279/2005
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 279

En la ciudad de Murcia, a siete de noviembre de dos mil cinco.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Totana y seguidos ante el mismo con el nº 197/2002 , -rollo nº 247/2005-, entre las partes, actora, Dª. Raquel , mayor de edad, casada, vecina de Alhama de Murcia, con domicilio en CALLE000 nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM001 , representada en el Juzgado por la Procuradora Sra. García Sánchez y en la Audiencia por la Procuradora Sra. Pontones Lorente, y dirigida por el Letrado Sr. Maza de Ayala; y demandado D. Humberto , mayor de edad, vecino de Alhama de Murcia, con domicilio en CALLE001 nº NUM002 , con D.N.I. nº NUM003 , representado por el Procurador Sr. Rubio Luján y dirigido por el Letrado Sr. Muñoz Andreo. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de contrato de ejecución de obra.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recursos de apelación interpuestos por ambas partes contra la sentencia de 10 de febrero de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Totana ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, queexpresa el parecer de la Sala.

ANTECEDEN TES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Sra. García Sánchez en nombre y representación de Dª. Raquel , contra D. Humberto , representada por el Procurador Sr. Rubio Luján y estimando íntegramente la demanda reconvencional formulada por D. Humberto contra Dª. Raquel se acuerda:

  1. ) Condenar a D. Humberto al pago a la actora de la cantidad de (DIEZ MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS).

  2. ) Condenar al demandado al pago de los intereses legales sobre la citada cantidad desde la fecha de interposición de la demanda.

  3. ) Condenar a Raquel a abonar a Humberto la cantidad de MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS.

  4. ) Condenar a Raquel al pago de los intereses legales sobre la citada cantidad desde la fecha de interposición de la demanda reconvencional.

  5. ) Imponer a Humberto el pago de las costas de la acción en su contra formulada.

  6. ) Imponer a Raquel el pago de las costas de la acción reconvencional formulada en su contra".

Segundo

Contra dicha sentencia interpusieron Dª. Raquel y D. Humberto recursos de apelación, que tras tenerse por preparados fueron formalizados conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil .

Tercero

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 247/05, y tras la votación y fallo quedó el recurso visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENT OS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

Dª. Raquel interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se declarara la existencia de una deuda de D. Humberto para con la actora de 10.803,61 euros, más intereses legales, correspondiente a la cantidad que restaba por pagar por la realización de obras en la vivienda del Sr. Humberto , situada en Alhama de Murcia, CALLE001 nº NUM002 .

Exponía la representación de la actora que había realizado un primer presupuesto que ascendió a

1.866.080 pesetas, y un segundo, correspondiente a obras realizadas en el interior de la vivienda por importe de 3.070.215 pesetas, a las que había que añadir 139.785 ptas en concepto de gastos de papeles y documentación necesaria para proceder a la construcción.

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