SAP Las Palmas 259/2005, 10 de Mayo de 2005

PonenteRICARDO MOYANO GARCIA
ECLIES:APGC:2005:1443
Número de Recurso551/2003
Número de Resolución259/2005
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Ricardo Moyano García (Ponente)

Magistrados:

D./Dª. Ildefonso Quesada Padrón

D./Dª. Francisco Javier Morales Mirat

En Las Palmas de Gran Canaria , a 10 de mayo de 2005 .

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 8 de marzo de 2003

APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Promociones E Inversiones Aicasa S.L. , Dª. Lourdes , D. José

VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN TERCERA , el recurso de apelación admitido a la parte demandada y la impugnación de la parte demandante, en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 8 de marzo de 2003 , seguidos en esta alzada en virtud del recurso de apelación de D./Dña. Promociones E Inversiones Aicasa S.L. representados por el Procurador D./Dña. Paloma Guijarro Rubio y dirigidos por el Letrado D./Dña. Rosa Maria Romero Ramirez , siendo parte apelada impugnate D./Dña. Lourdes y José representados por el Procurador D./Dña. Francisco Javier Perez Almeida y Francisco Perez Almeida y dirigidos por el Letrado D./Dña. Pedro Ruano Perez y Pedro Ruano Perez no compareciendo la parte demandada DIRECCION000 ." .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada dice: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Javier Perez Almeida en nombre y representación de Dª. Lourdes y D. José debo declarar y declaro la validez d elos contratos privados de compraventa de sendas plazas de garaje concertados por los actores y "Promociones e Inversiones AICASA S.L." el día 11 de Noviembre de 1997; debo condenar y condeno a "Promociones e Inversiones AICASA S.L." a elevar a escritura publica los referidos contratos de compraventa en la forma dicha en el fundamento de Derecho Segundo que antecede y a abonar a los actores indemnización por los daños y perjuicios que se les han causado por verse privados de la disposición de las plazas de garaje respectivamente adquiridas desde el día 25 de diciembre de 1998 y hasta el día en que se les haga entrega efectiva de las mismas, en cuantía que se determinará en ejecución de sentencia y debo declarar y declaro, con el alcance indicado en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución, que los actores tienen derecho a acceder a las plazas de garaje por el núcleo de comunicación vertical constituido por escaleras y ascensores, además de por la rampa de vehículos. Con imposición de costas a Promociones e Inversiones AICASA S.L., y debo absolver y absuelvo a la Comunidad de Propietarios del Edificio AICASA de las pretensiones deducidas en su contra, cuyas costasse imponen a los actores .

SEGUNDO

La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 25 de abril de 2.005 .

TERCERO

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a. D./Dña. Ricardo Moyano...

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