SAP Palencia 257/2005, 26 de Octubre de 2005
Ponente | MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE |
ECLI | ES:APP:2005:243 |
Número de Recurso | 68/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 257/2005 |
Fecha de Resolución | 26 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª |
SENTENCIA NUMERO DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE SEÑORES DEL TRIBUNAL
Ilmo. Sr. Presidente
DON ANGEL MUÑIZ DELGACO
Ilmos. Sres. Magistrados:
DON D. MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE
D. MIGUEL DONIS CARRACEDO
Palencia, a veintiséis de Octubre de dos mil cinco VISTOS en grado de Apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PALENCIA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 463/2004, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N.2 de PALENCIA , a los que ha correspondido el Rollo 68/2005, en los que aparece como parte apelante D. Joaquín y Dª Irene representados por la Procuradora Dª SOLEDAD CALDERON RUIGOMEZ,y asistidos
por el Letrado D. ANGEL PAREDES MONTERO, y como apelado EXCAR 002 S.L. representado por la Procuradora Dª LYDIA PALLARES ESGUEVILLAS, y asistida por el Letrado D. DIMAS MONGE LOPEZ, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE.
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- Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice:
"Que estimando la demanda interpuesta por Excar 002, S.L. contra Dª Irene y D. Joaquín , debo condenar y condeno a los referidos demandados a abonar a la actora la cantidad de 6.728,90 euros, más el interés legal desde la interpelación judicial, así como al pago de las costas causadas en el presente procedimiento".
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- Contra dicha Sentencia interpuso la parte demandada el presente Recurso de Apelación, exponiendo las alegaciones en las que se basaba su impugnación, que fue admitido en ambos efectos, y previo traslado a las demás Partes para que presentaran escritos de impugnación u oposición, fueron elevados los autos antes esta Audiencia, y al no haber sido propuesta prueba, es procedente dictar sentencia.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente Resolución.
Dictó Sentencia en fecha 15 de Noviembre de 2.004 el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Palencia por la que acogiendo la demanda presentada por EXCAR 002, S.L. condenó a Dª Irene y a D. Joaquín al pago de las cantidades que se pedían en el escrito rector del procedimiento, importe de obras realizadas por los actores no satisfechas por los demandados.
La Sentencia se extendía en una serie de consideraciones en relación a que si bien había una diferencia entre lo presupuestado y lo facturado, que es precisamente la que los demandados se negaban a pagar, era consecuencia de que las obras a mayores que constan en factura fueron producto de una ordendel Ayuntamiento de Villamuriel al respecto, tesis que acogió la Sentencia recurrida y con la que no está de acuerdo la parte recurrente, que sostiene que la demasía de precio que se pretende cobrar se refiere a una obra ubicada en lugar distinto al que...
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