SAP Barcelona 433/2006, 10 de Julio de 2006

PonenteJUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON
ECLIES:APB:2006:8106
Número de Recurso311/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución433/2006
Fecha de Resolución10 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DOCE

ROLLO Nº 311/2006 -A

JUICIO VERBAL Nº 224/2005

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 44 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m. 433/2006

Ilmos. Sres.

D. JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA Y GASTÓN

D. JOSÉ PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ

Dª. Mª JOSÉ PÉREZ TORMO

En la ciudad de Barcelona, a diez de julio de dos mil seis

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Doce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 224/2005, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 44 de Barcelona, a instancia de D. Augusto representado por el Procurador D. Carlos Pons de Gironella y dirigido por la Letrada Dª. Cruz Ruano Santos, contra ZURICH SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. representada por el Procurador D. Joan Josep Cucala Puig y dirigida por la Letrada Dª. Laura Tarrasón Larroy y contra Dª. Daniela dirigida por el Letrado D. Didac Carrillo Aparicio; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte codemandada Zurich Seguros y Reaseguros, S.A. contra la Sentencia dictada en los mismos el día 25 de Mayo de 2005, por el/la Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador D. Carlos Pons de Gironella en nombre y representación de D. Augusto, contra Dña. Daniela y la entidad aseguradora ZURICH SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., debo CONDENAR y CONDENO a Dña. Daniela y la entidad aseguradora ZURICH SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. a que abonen, conjunta y solidariamente, a D. Augusto la cantidad de 513,56 euros, suma dineraria que en relación a la compañía aseguradora generará desde la fecha del accidente, un interés anual igual al del interés legal del dinero vigente en el momento del devengo, incrementado en el 50%; todo ello con expresa imposición de las costas procesales causadas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte codemandada ZURICH SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 15 de Junio de 2006. CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sección, D. JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA Y GASTÓN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, y;

PRIMERO

En los autos tramitados en la primera instancia D. Augusto ejercitó una acción de carácter personal, frente a Dña. Daniela, tendente a la reparación de los daños y perjuicios irrogados por la consecuencia de una maniobra indiligente de aparcamiento de un vehículo que por tener acoplada una bola de remolque en la parte trasera causó desperfectos materiales en el automóvil del actor, debidamente estacionado en la vía pública.

La acción así planteada, estuvo fundamentada en el artículo 1902 del Código Civil .

Asimismo dedujo en virtud del instituto de la acumulación de acciones, la que compete al perjudicado contra la entidad aseguradora que cubría los riesgos del vehículo productor del daño Zurich Seguros y Reaseguros, S.A., que estuvo fundada en el artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro de 8 de Octubre de 1.980 .

SEGUNDO

La sentencia que puso fin en forma definitiva a la relación...

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