SAP Barcelona 389/2005, 27 de Junio de 2005
Ponente | VICENTE CONCA PEREZ |
ECLI | ES:APB:2005:13523 |
Número de Recurso | 1/2005 |
Número de Resolución | 389/2005 |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
SENTENCIA N ú m. 389/2005
Ilmos. Sres.
D. VICENTE CONCA PEREZ
Dª AMPARO RIERA FIOL
Dª MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE
En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de junio ded dos mil cinco.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario, número 841/02 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia 27 de Barcelona, a instancia de D/Dª. Carlos Francisco , contra BAMA INVERSIONES S.A. y Eloy ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de julio de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, DESESTIMANDO la demanda promoviida en juicio ordinario por la Procuradora Sra. Aznarez Domingo en nombre y representación de D. Carlos Francisco , DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A D. Eloy Y A BAMA INVERSIONES S.A. de los pedimentos frente a los mismos formulados en la demanda causa de esta litis, con imposición a la actora de las costas causadas con el presente procedimiento ".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 24 de mayo de 2005.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. VICENTE CONCA PEREZ .
El actor, D. Carlos Francisco , ejercita acción dirigida frente a Bama Inversiones SA, propietaria del local sito en esta ciudad, calle Diputación, 347, actualmente Bailén, 61, y contra el arrendatario del mismo, D. Eloy . El actor, tras hacer una prolija narración de sus relaciones con el Sr. Eloy , acaba solicitando que: a) se declare nula la renuncia efectuada por el actor en 1º de agosto de 2000 en relación con el contrato de arrendamiento suscrito sobre el local de autos el 1º de abril de 1994; b) se declare la vigencia del contrato de 1º de abril de 1994 suscrito con el actor; c) se declare la nulidad del arrendamiento de 1º de agosto de 2000 suscrito entre los codemandados; d) se proceda al lanzamiento del Sr. Eloy del local de autos; e) subsidiariamente, que se modifique el contrato de 1º de agosto de 2000 en el sentido de añadir como arrendatario al actor; f) se entregue una copia de las llaves al actor.
En lo que interesa de la narración de hechos del actor, y como fundamento de estas pretensiones, debemos destacar que el mismo era arrendatario del local de autos y que el 1º de agosto renunció por dolo inducido por...
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