SAP Baleares 231/2006, 5 de Junio de 2006

PonenteJAUME LLUIS RAIMON MASSANET MORAGUES
ECLIES:APIB:2006:1169
Número de Recurso69/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución231/2006
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 4ª

Resumen:

MATERIAS NO ESPECIFICADAS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00231/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Palma

Rollo nº 69/2006

J Verbal nº 130/2004

Juzgado 1ª Inst. nº 15 de Palma = SENTENCIA Nº 231/06 =

Ilmos. Señores:

PRESIDENTE

Dª. María del Pilar Fernández Alonso

MAGISTRADOS

Dª Juana María Gelabert Ferragut

D. Jaume Massanet Moragues

Palma, a 5 de junio de dos mil seis. --------- VISTOS por esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, en grado de apelación, los

presentes autos, juicio Verbal, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Palma, bajo el nº 130/04, Rollo de Sala nº 69/06 , entre partes, de una como actora - apelante la Cía. MEDITERRÁNEA DE VIGILANCIA, S.A. representada por el Procurador D. Miguel Ferragut

Rosselló y asistido del Letrado D. Juan Nadal Juan y de otra, como demandada - apelada D. Arturo , en situación de rebeldía procesal.ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado don Jaume Massanet Moragues. = H E C H O S =

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Palma, en fecha 13 de octubre de 2005, se dictó Sentencia , cuyo fallo dice así: "QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada por el Procurador Sr. Ferragut Roselló, en representación de la entidad "CIA. MEDITERRÁNEA DE VIGILANCIA, S.A.", DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado D. Ángel , al pago a la actora de la suma de CIENTO SESENTA Y TRES EUROS CON DOCE CÉNTIMOS (163'12 euros), más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, y, la cantidad que resulte devengará desde la fecha de esta sentencia y a favor de la acreedora, el interés a que se refiere el artículo 576 de la Ley de Enjuicimiento Civil , , todo ello sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y previa su preparación, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte actora, la entidad mercantil Cia. Mediterránea de Vigilancia, S.A., mediante escrito motivado presentado en tiempo y forma, del cual no se dio traslado al otro litigante por no estar personado en autos, habiéndose declarado su rebeldía procesal; y seguido el procedimiento por sus trámites, se elevaron los autos a este Tribunal que señaló para deliberación, votación y fallo por la Sala el día 30 de mayo del corriente año, que por turno le correspondió; quedando el presente Rollo concluso para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales. = =

FUNDAMENTOS DE DERECHO =

Se aceptan en parte los de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen

PRIMERO

Se ejercita por la parte actora, la entidad mercantil Cia Mediterránea de Vigilancia, S.A., acción personal en reclamación de cantidad.

Relata la actora que el día 29 abril de 2003 celebró con el demandado un contrato de seguridad para su negocio denominado "Planisi Telefonía Móvil", sito en Cala Millor, por el precio de 31,25 € al mes más el IVA correspondiente; que se pactó una duración contractual de cinco años; que también se pactó que si el cliente rescindiera el mismo antes de 36 meses, deberá pagar las cuotas pendientes hasta este periodo; que el 27 octubre 2003 recibió un fax del demandado solicitando la baja de la alarma por cierre del negocio; que como sea que no ha conseguido obtener del demandado la parte de precio por pagar, es por lo que le interpone la presente demanda.

En demandado...

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