SAP Cáceres 337/2005, 19 de Septiembre de 2005

PonenteSALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA
ECLIES:APCC:2005:520
Número de Recurso363/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución337/2005
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM.- 337/05

Ilmos. Sres.PRESIDENTE:

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA =

MAGISTRADOS:

DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA =

DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO =

------------------------------------------------------------------------ ------Rollo de Apelación núm.- 363/05 =

Autos núm.- 126/05 =

Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Cáceres =

==============================================

En la Ciudad de Cáceres a diecinueve de septiembre de dos mil cinco.

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio Verbal núm.- 126/05 sobre reclamación de cantidad por daños causados en accidente de circulación, del Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Cáceres , siendo parte apelante, la demandada S.A.T. "EL AGRADO", representada tanto en la instancia como en la alzada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Bueso Sánchez y defendida por la Letrada Sra. Lucas Durán; y como parte apelada, la demandante HERMANOS SALGADO, S.L., representada tanto en la instancia como en la alzada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Muñoz García, y defendida por el Letrado Sr. López Vivas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Cáceres, en los Autos núm.- 126/05 con fecha 17 de mayo de 2005, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Estimo la demanda presentada por la entidad mercantil HERMANOS SALGADO, S.L., frente a la entidad S.A.T. EL AGRADO y condeno a esta última a que abone a la actora la suma de 1.787,99 €, más los intereses legales y las costas que expresamente impongo a la demandada." (Sic)

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución y por la parte demandada, se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

TERCERO

Admitido que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los arts. 457.3 de la L.E.C . por veinte días para la interposición del recurso de apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada ley procesal.

CUARTO

Formalizado en tiempo y forma el recurso de apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C ., se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.

QUINTO

Presentado escrito de oposición al recurso por la representación de la parte demandante, se remitieron los autos originales a esta Sección 1ª de la A. Provincial de Cáceres incoándose el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia.

SEXTO

Habiéndose solicitado por la parte demandada-apelante el recibimiento a prueba en esta segunda instancia con oposición de la parte demandante-apelada, de conformidad con lo explicitado en sus respectivos escritos de interposición y oposición al recurso de apelación, esta Sala por Auto de 21 de julio de 2005 , acordó no haber lugar a admitir la prueba documental propuesta por la representación de la parte apelante, sobre la base de lo explicitado en la resolución.

SÉPTIMO

Firme la resolución que acuerda no haber lugar al recibimiento a prueba en esta alzada, y no considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para la DELIBERACIÓN Y FALLO el día 15 de septiembre de 2005, quedando los autos para dictar sentencia en el plazo que determina el art. 465 de la L.E.C .

OCTAVO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los de la Sentencia de instancia y;

PRIMERO

La representación procesal de la entidad S.A.T. EL AGRADO, se alza contra la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Cáceres, de fecha 17 de mayo de 2005 , que estimando la demanda formulada contra dicha entidad por la representación procesal de HERMANOS SALGADO, S.L., le condena a que abone a la entidad actora la suma de 1.787,99 Euros más los intereses legales correspondientes.

El motivo de oposición articulado es el de "error en apreciación de la prueba", en lo atinente de un lado a la procedencia del animal cinegético; así como que la sentencia de instancia no se pronuncie sobre un hecho que es que la finca de la entidad demandada estaba...

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