SAP Zaragoza 265/2005, 11 de Mayo de 2005

PonentePEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA
ECLIES:APZ:2005:1262
Número de Recurso182/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución265/2005
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA núm. 265/2005

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

D. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ

En ZARAGOZA, a once de Mayo de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección 5ª de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de SEPARACION CONTENCIOSA 929/2004, procedentes del JDO. DE PRIMERA INSTANCIA N. 16 de ZARAGOZA , a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 0000182/2005, en los que aparece como parte demandada-apelante Dª Concepción representada por el Procurador D. PEDRO CHARLEZ LANDIVAR, y asistida por el Letrado D. ERNESTO GOMEZ AZQUETA, y como parte demandante-apelada D. Santiago representado por la Procuradora Dª MARIA ISABEL FRANCO BELLA y asistido por el Letrado D. JOAQUIN GUERRERO PEYRONA; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 21 de diciembre de 2004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal: "FALLO: Que estimando en parte la demanda formulada por la representación de D. Santiago sobre separación conyugal contra su esposa Dª. Concepción , debo declarar y declaro haber lugar a ella en cuanto que se condene expresamente por esta sentencia la separación matrimonial de ambos litigantes que se regirá por los siguiente efectos:

  1. Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro. Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

  2. - El uso del domicilio familiar sito en PASEO000 NUM000 , NUM001 de Zaragoza se adjudica al marido Sr. Santiago , hasta la liquidación consorcial, pudiendo también hasta entonces utilizar la esposa el de Residencial DIRECCION000 nº NUM002 , NUM003 NUM004 .

  3. El uso de todos los vehículos familiares se atribuye al esposo.

  4. No ha lugar a conceder al Sr. Santiago la facultad de extraer libremente dinero de las cuentas consorciales, sin perjuicio de que las partes se pongan de acuerdo al respecto o acudan al Juzgado.

  5. No ha lugar a fijar pensión por desequilibrio a favor de la esposa.

No se hace expresa condena en costas.".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la demandada se interpuso contra la misma recurso de apelación; y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video; y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado. Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 9 de mayo de 2005.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE aceptan LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO de la Sentencia apelada mientras que no se opongan a los de la presente resolución, y

PRI...

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