SAP Ciudad Real 157/2006, 10 de Mayo de 2006
Ponente | LUIS CASERO LINARES |
ECLI | ES:APCR:2006:322 |
Número de Recurso | 15/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 157/2006 |
Fecha de Resolución | 10 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 157 CIUDAD REAL, a diez de Mayo de dos mil seis.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de JUICIO VERBAL 521/2004, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de PUERTOLLANO , a los que ha correspondido el Rollo 15/2006, en los que aparece como parte
apelante D. Matías representado por la procuradora Dª. GABRIELA
RODRIGO RUIZ, y asistido por la Letrada Dª. VANESA PECES MARTINEZ, y como apelado D. Guillermo el cual no ha acreditado debidamente su representación, y la entidad aseguradora SOLISS SEGUROS representada por el procurador D. MANUEL CORTESMUÑOZ y asistida por el Letrado D. BERNARDO CORTES CESPEDES, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS CASERO LINARES. ANTECEDENTES DE HECHO
Por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Puertollano se dictó sentencia en los referidos autos, de fecha siete de Octubre de dos mil cinco cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda presentada por D. Matías representado por la Procuradora Sra. Muñiz Fernández, absuelvo a D. Guillermo de los pedimentos formulados contra él."
Notificada la sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma por la parte demandante, admitiéndose el recurso y dándole el trámite correspondiente, las partes hicieron las alegaciones que estimaron conveniente en apoyo de sus respectivos intereses, elevándose los autos a la Audiencia y correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, se formó el correspondiente rollo y se turnó Ponencia, señalándose para la votación y fallo el pasado día veintiséis de Abril.
En la tramitación de esta apelación se han observado las prescripciones legales.
Estimada la excepción de falta de legitimación del actor, por éste se presenta recurso donde alega que esa legitimación está perfectamente acreditada por el conjunto de la prueba practicada. Así alega como concretos motivos: la falta de motivación e incongruencia de la sentencia, al entender que no ha entrado en el fondo del asunto con lo que hubiera tenido por acreditada la legitimación y error en la valoración de la prueba, incidiendo en que la prueba acredita la legitimación.
La...
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