SAP Cantabria 45/2006, 31 de Enero de 2006
Ponente | BRUNO ARIAS BERRIOATEGORTUA |
ECLI | ES:APS:2006:85 |
Número de Recurso | 354/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 45/2006 |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª |
SENTENCIA NÚM. 45/06
Iltmo. Sr. Presidente:
Don Miguel Carlos Fernández Díez
Iltmos. Sres. Magistrados:
Don Bruno Arias Berrioategortua
Doña Milagros Martínez Rionda
En la Ciudad de Santander a treinta y uno de enero de dos mil seis.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Juicio Cambiario número 799 de 2004, Rollo de Sala número 354 de 2005, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número siete de los de Santander , seguidos a instancia de Estructuras SORMA, S.L., contra Dª María Inmaculada , sobre reclamación de cantidad.
En esta segunda instancia ha sido parte apelante Dª María Inmaculada , representada por el Procurador D. Jaime González Fuentes y asistida por el Letrado D. Jesús Gutiérrez Rodríguez y parte apelada ESTRUCTURAS SORMA, S.L., representada por la Procuradora Dª Yolanda Vara García y asistido por la Letrado Dª Aránzazu Franco Calderón.
Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Bruno Arias Berrioategortua.
Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número siete de los de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 28 de marzo de 2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que desestimando íntegramente la oposición formulada por la representación legal de María Inmaculada frente a la demanda de juicio cambiario interpuesta por la representación legal de la entidad "Estructuras SORMA, S.L.", debo acordar y acuerdo dictar auto despachando ejecución contra María Inmaculada por la cantidad de 54.305,41 €, y la de 16.291,62 € en concepto de intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, e imponiéndole las costas de este juicio. Todo ello sin prejuzgar la cuestión de fondo, respecto de la cual la presente resolución no crea cosa juzgada".
Contra dicha Sentencia la representación procesal de la parte demandada interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y, una vez finalizado, se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se tramitó el correspondiente rollo de sala y se señaló para la Vista el día 30 del corriente mes, quedando pendiente de resolver.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para resolver, en razón a la existencia de otros asuntos civiles señalados con anterioridad.
La parte ejecutada y apelante combate la sentencia aduciendo el incumplimiento total, absoluto y patente de los trabajos de edificación en su día contratados, planteando con ello la denominada excepción de falta de provisión de fondos.
Frente a la alegación de la ejecutante apelada de imposibilidad de argüir cualquier excepción por parte del firmante del pagaré al ser éste una promesa pura y simple de pago, se hace oportuno recordar como...
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SAP La Rioja 42/2007, 16 de Febrero de 2007
...alegadas y discutidas, y remite al juicio declarativo para plantear las cuestiones restantes. En el mismo sentido la SAP Cantabria Sección 2ª nº45/2006, de 31 de enero; la SAP Málaga Sección 5ª nº 552/2005, de 8 de junio y la SAP Madrid Sección 9ª nº 56/2006, de 3 de febrero, y otras muchas......