SAP Las Palmas 301/2005, 27 de Mayo de 2005

PonenteRICARDO MOYANO GARCIA
ECLIES:APGC:2005:1698
Número de Recurso320/2005
Número de Resolución301/2005
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 13 de abril de 2004

APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Claudia y Jose Ángel

VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN TERCERA, el recurso de apelación admitido a la parte demandante, en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 13 de abril de 2004 , seguidos a instancia de D./Dña. Claudia Y Jose Ángel representados por el Procurador D./Dña. FRANCISCO OJEDA RODRIGUEZ y dirigidos por el Letrado D./Dña. FRANCISCA RUIZ LÓPEZ, contra D./Dña. DIRECCION000 representados por el Procurador D./Dña. INMACULADA GARCÍA SANTANA y dirigidos por el Letrado D./Dña. ROBERTO SANTANA DOMÍNGUEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada "Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ojeda Rodríguez en nombre y representación de Dª Claudia y D. Jose Ángel , contra la DIRECCION000 ", debo absolver y absuelvo a la Comunidad de Propietarios demandada de las pretensiones contra ella deducidas; sin especial condena en costas" .

SEGUNDO

La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 06.05.05 .

TERCERO

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a. D./Dña. Ricardo Moyano García , quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora se alza contra la desestimación de su acción indemnizatoria porresolución anticipada del contrato de prestación de servicios como administradores de la Comunidad de Propietarios demandada. Aunque el recurso se divide en seis apartados o alegatos de infracciones de normas procesales y sustantivas, en realidad puede sintetizarse diciendo que se alega la errónea estimación de excepciones reconvencionales no replicadas por el actor; la apreciación también errónea de motivos de ineficacia del contrato de prestación de servicios de 19 de noviembre de 2001 y de su anexo de 18 de febrero de 2002 por el que se incrementa la retribución; y la exclusión de causas de incumplimiento de contrato por parte de los actores que justifiquen la resolución unilateral anticipada acordada por la Comunidad el 2 de mayo de 2002.

SEGUNDO

En la litis se produce la circunstancia procesal de que la parte demandada no contestó la demanda dentro de plazo, por lo que no formuló en dicho trámite causas de oposición, aunque de la prueba practicada y alegaciones en fase de conclusiones se desprende la negación de los hechos de la demanda. Debemos recordar que la falta de contestación a la demanda supone no la admisión de los hechos de la demanda -que el actor debe pese a todo probar, art. 496-2º y 216 de la LEC 1/00 - sino solamente la imposibilidad de alegar excepciones y mucho menos acciones reconvencionales. Por tanto, el marco de la defensa del demandado queda limitado, puesto que el demandante sostiene la obligatoriedad del contrato de prestación de servicios para la Comunidad, y la inexistencia de causas de incumplimiento del contrato, a negar la vinculación contractual y a afirmar la existencia de falta de diligencia por parte de los administradores -es decir, a negar la negación de su falta de diligencia y hacer prueba al respecto-.

La parte actora sostiene que la alegación de la excepción de nulidad absoluta del contrato en el acto de juicio es extemporánea y que vulnera el art. 408 de la LEC 1/00 , ya que de haberse realizado en legal término el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SAP Madrid 107/2016, 3 de Marzo de 2016
    • España
    • 3 d4 Março d4 2016
    ...ha de actuar ejecutando los acuerdos tomados por la junta en su esfera de competencias» . En dicha línea argumentativa la SAP de Las Palmas (Sección 3ª) de 27 mayo 2005, concluye que: ... si lo actuado en extralimitación no se somete a aprobación de la junta, nos hallamos ante un negocio no......
  • SAP Baleares 424/2012, 8 de Octubre de 2012
    • España
    • Audiencia Provincial de Baleares, seccion 5 (civil)
    • 8 d1 Outubro d1 2012
    ...que la mercantil contratante debería haberse percatado de la inexistencia de acuerdo comunitario autorizante... La SAP de Las Palmas (Sección 3ª) de 27 mayo 2005, niega toda vinculación contractual a un administrador con una comunidad de propietarios en virtud de un convenio suscrito por el......
  • SAP Asturias 253/2019, 1 de Julio de 2019
    • España
    • Audiencia Provincial de Asturias, seccion 5 (civil)
    • 1 d1 Julho d1 2019
    ...el Presidente (y en ese sentido también la de 30-07-1991 y 27-03-2012 y la de la Secc. 7ª de esta Audiencia de 26-04-2005 y SAP Las Palmas Secc. 3ª de 27-05-2005). En el caso de autos, sin necesidad de decidirse por uno u otro criterio, es obligado ponderar la vinculación de los actores con......
2 artículos doctrinales
  • Artículo 13 Órganos de gobierno
    • España
    • La Ley de Propiedad Horizontal después de 2013. Doctrina, jurisprudencia y concordancias Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal Del régimen de la propiedad por pisos o locales
    • 6 d4 Março d4 2014
    ...de la competencia de la Junta, que no puede ser sustraída por su carácter ex lege al òrgano soberano de la comunidad". (SAP de Las Palmas de 27 de mayo de 2005). Gastos necesarios para el fraccionamiento de una comunidad de "Posibilidad de ser acordados por el Presidente, sin perjuicio de u......
  • Artículo 13
    • España
    • Comentarios a la Ley de Propiedad Horizontal. Después de la Reforma de 2011 Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, después de las reformas de 1988, 1990, 1992, 1999, 2000 , 2003, 2009 y 2011 Del régimen de la propiedad por pisos o locales
    • 5 d4 Julho d4 2012
    ...de la competencia de la Junta, que no puede ser sustraída por su carácter ex lege al òrgano soberano de la comunidad". (SAP de Las Palmas de 27 de mayo de 2005). Gastos necesarios para el fraccionamiento de una comunidad de "Posibilidad de ser acordados por el Presidente, sin perjuicio de u......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR