STSJ Asturias 1901/2007, 4 de Mayo de 2007

PonenteISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS
ECLIES:TSJAS:2007:2138
Número de Recurso525/2007
Número de Resolución1901/2007
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0000525 /2007, formalizado por el Letrado NURIA FERNANDEZ MARTINEZ, en nombre y representación de COMISIONES OBRERAS, contra la sentencia de fecha cuatro de diciembre de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de MIERES en sus autos número DEMANDA 0000745 /2006, seguidos a instancia de COMISIONES OBRERAS frente a ASTURAGUA, parte demandada representada por el letrado MANUEL FERNANDEZ ALVAREZ, en reclamación de CONFLICTO COLECTIVO, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha cuatro de diciembre de dos mil seis por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - La empresa demandada tiene por objeto la gestión del llamado "ciclo integral de los Servicios Públicos del Agua a poblaciones". Gestiona en Asturias varias plantas depuradoras entre ellas la estación depuradora de Aguas residuales de Frieres-Langreo. En dicho centro de trabajo ocupa a 14 trabajadores, que son los afectados por el conflicto colectivo promovido.

  2. - La estación depuradora de Frieres-Langreo es de titularidad del Consorcio de Aguas del Principado de Asturias.

    En resolución del 12 de abril de 2005, publicada en el BOPA el 4 de mayo de 2005, la presidencia del Consorcio para el abastecimiento y saneamiento de aguas del Principado de Asturias, se acuerda iniciar procedimiento para contratación de la prestación de servicio de depuración del Sistema General de Saneamiento tributario de la estación depuradora de agua de Frieres.

  3. - Con efectos de 1 de enero de 2006 fue adjudicada a la demandada en el concurso del Servicio de Depuración de la Estación de aguas de Frieres.

  4. - En el pliego de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares que rigieron dicho procedimiento de contratación, se estableció en la Prescripción Técnica 17 que "El adjudicatario vendrá a subrogarse y absorber a los trabajadores adscritos al servicio de las instalaciones que se explotan, respetando y conservando en su integridad, con carácter personal e irrenunciable su antigüedad, salario y demás derechos laborales y sindicales reconocidos en convenio, pactos de empresa y condiciones personales.- Será requisito para tal absorción y subrogación que los trabajadores del centro de trabajo lleven prestando sus servicios en el mismo el tiempo que fije el convenio laboral vigente o en su defecto el que figura en el convenio colectivo estatal de industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, depuración y distribución de aguas.- Con objeto de conseguir que todos los centros de trabajo de saneamiento cuya gestión ha sido encomendada al Consorcio de Aguas de Asturias estén regulados por el Convenio Colectivo estatal de industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, depuración y distribución de aguas, el adjudicatario estará obligado a denunciar el vencimiento de todo convenio diferente, de manera que todo el personal se incorpore progresivamente a la citada legislación sectorial".

  5. - El apartado tercero de la estipulación décimo séptima se halla impugnado por CCOO ante la Jurisdicción Contenciosa.

  6. - Con anterioridad al 1 de enero de 2006 la planta depuradora de Frieres era explotada por DRAGEMONT S.A., hasta entonces se vino aplicando el Convenio del Metal.

  7. - Presentó papeleta de conciliación ante la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación el 23 de febrero de 2006, celebrándose el preceptivo acto conciliatorio el siguiente día 2 de marzo con el resultado de intentado sin avenencia, e interpuso escrito de demanda en este Juzgado el 7 de noviembre de 2006 .

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los...

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