STSJ Asturias 563/2007, 9 de Febrero de 2007

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2007:1158
Número de Recurso4629/2005
Número de Resolución563/2007
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Social

Resumen:

VIUDEDAD

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00563/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001 (C/ JOVELLANOS 11-BAJO)

N.I.G: 33044 34 4 2005 0105767, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004629 /2005

Materia: VIUDEDAD

Recurrente/s: ASEPEYO

Recurrido/s: INSS, Erica , FACTORIA APLICACIONES ALUMINIO Y

MADERA, S.L. , TGSS , FOGASA

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de GIJON de DEMANDA 0000229

/2005

SENTENCIA Nº: 563/07

ILTMOS. SRES.

D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ

D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ

D. LUIS CAYETANO FERNANDEZ ARDAVIN

En OVIEDO a nueve de Febrero de dos mil siete, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los

Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0004629/2005, formalizado por el Letrado JIMENA SANCHEZ-FRIERA COMA, en nombre y representación de ASEPEYO, contra la sentencia de fecha veintitrés de junio de dos mil cinco, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de GIJON en sus autos número DEMANDA 0000229/2005, seguidos a instancia de Erica frente a INSS, FACTORIA APLICACIONES ALUMINIO Y MADERA, S.L., TGSS, ASEPEYO, FOGASA, parte demandada, en reclamación de VIUDEDAD, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintitrés de junio de dos mil cinco por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - Alejandro , nacido el 22 de febrero de 1937 y afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , comenzó a prestar servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa Factoría aplicaciones aluminio y madera S.L. quién tiene cubiertas las contingencias profesionales con la Mutua Asepeyo, el 9 de septiembre de 1998, ostentando la categoría profesional de encargado.

  2. - El día 20 de marzo de 2000, aproximadamente a las doce horas, cuando se encontraba en el centro de trabajo comenzó a sentir un dolor lumbar de carácter continuo. Tras regresar a su domicilio, acudió aproximadamente a las 16 horas al centro de salud dónde s ele pauta Nolotil y Buscapina. Tras regresar a su domicilio comenzó con palidez extrema y vómitos por lo que es trasladado al Hospital de Cabueñes, dónde se le diagnóstica Schock y posteriormente un aneurisma de aorta abdominal, trasladándolo al Hospital Central de Asturias para ser intervenido, falleciendo a las 21,10 horas. Con carácter previo a tal episodio el esposo de la fallecida no tenía antecedentes de diabetes, hipertensión ni dislipemia.

  3. - En fecha 28 de marzo de 2000 la actora presentó solicitud en demanda de prestaciones de viudedad y orfandad ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, recayendo resolución de 7 de abril de ese mismo año por laque se reconoce a la actora un pensión de viudedad en un porcentaje del 45% de una base reguladora de 139.130 pesetas en catorce pagas anuales.

  4. - En fecha 12 de septiembre de 2003 la actora presenta ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social reclamación previa a la vía judicial para que se declarase que el fallecimiento de su esposo se había debido a accidente de trabajo, remitiéndose tal solicitud a la Mutua que no efectuó contestación alguna. En fecha 21 de diciembre de 2004 se vuelve a presentar nueva reclamación previa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que la remite a la Mutua Asepeyo en fecha 18 de enero de 2005 sin que se haya dictado resolución alguna.

  5. - La base reguladora derivada de la contingencia de accidente de trabajo asciende a la cantidad de

    14.614,14 euros anuales.

  6. - La empresa Factoría, aplicaciones aluminio y madera S.L., con número de inscripción en la Seguridad Social 33/1041300 88 se encuentra al descubierto en las cotizaciones a la Seguridad Social desde el mes de mayo de 1998 hasta noviembre de 2001, por las cuantías señaladas en el informe remitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, copia del mismo obra unido a las actuaciones, dándose su contenido por íntegramente reproducido.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.-_ La representación letrada de la Mutua Asepeyo formula recurso contra la sentencia de instancia que estimando la demanda de la parte actora declara que el fallecimiento del trabajador Alejandro deriva de un accidente de trabajo condenado a dicha entidad colaboradora al abono a su viuda de la pensión correspondiente en la forma acordada en la parte dispositiva de la sentencia.

El recurso contiene un único motivo en el que por el cauce procesal adecuado del art 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral se denuncia la vulneración del art. 115-3 de la...

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