STSJ Comunidad de Madrid 503/2014, 16 de Junio de 2014
Ponente | LUIS LACAMBRA MORERA |
ECLI | ES:TSJM:2014:8990 |
Número de Recurso | 1657/2013 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 503/2014 |
Fecha de Resolución | 16 de Junio de 2014 |
Emisor | Sala de lo Social |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 06 de lo Social
Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010
Teléfono: 914931967
Fax: 914931961
34002650
NIG : 28.079.00.4-2012/0024167
Procedimiento Recurso de Suplicación 1657/2013
MATERIA: DESPIDO .
Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 17 de MADRID
Autos de Origen: DEMANDA 1340/12
RECURRENTE/S: D. Anton
RECURRIDO/S: HEARST MAGAZINES, S.L
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID
En Madrid a dieciséis de junio de dos mil catorce.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DOÑA EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA, Magistrados, han pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº 503
En el recurso de suplicación nº 1657/13 interpuesto por el Letrado D. MIGUEL ANGEL AUÑON AUÑON en nombre y representación de D. Anton, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 17 de los de MADRID, de fecha 19 DE JUNIO DE 2013, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS LACAMBRA MORERA.
Que según consta en los autos nº 1340/12 del Juzgado de lo Social nº 17 de los de Madrid, se presentó demanda por D. Anton contra, HEARST MAGAZINES, S.L en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 19 DE JUNIO DE 2013 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que desestimando la demanda de despido formulada por D. Anton contra HWEARST MAGAZINES, S.L., debo declarar y declaro procedente el despido por causas objetivas de que ha sido objeto el demandante, que ha percibido la indemnización legal." SEGUNDO.- En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:
"PRIMERO.- El demandante ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa demandada HEARSRT MAGAZINES, S.L. desde el día 1-10- 03, con la categoría profesional de Diseñador y devengando un salario anual de 31.439,66 euros (excluido el plus de transporte).
Mediante carta de fecha 11-10-12 la empresa comunica al actor su despido con efectos del mismo día por causas económicas, alegando los siguientes hechos:
"Por medio de la presente le comunicamos la decisión de esta empresa de proceder a su despido por causas objetivas al amparo del artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, siendo las causas que justifican la presente decisión de tipo económico, ante la situación económica negativa que atraviesa la empresa. Despido que tendrá fecha de efectos del día de hoy, con independencia de que le reconozcamos el derecho a un preaviso de quince días, cuya compensación económica le seré abonada en su liquidación, entrega de la cual se le hace simultáneamente a la de esta carta.
Como le explicamos, las causas que justifican la decisión son de tipo económico, ante la existencia de una situación económica negativa en la empresa, tal y como le exponemos a continuación:
En los últimos años se ha venido produciendo una importante disminución en la cifra de ingresos. Así, las cifras totales en lo referido al año 2009 ascienden a 119.747 miles de euros, en el año 2010 a 113.861 miles de euros y en 2011 a 94.530 miles de euros.
Dichas cifras han de ser corregidas, toda vez que en las mismas se encuentra incluido el impacto del patrocinio de la Barcelona World Race, que no puede ser tomado a la hora de calcular los ingresos, ya que el importe total de los ingresos de publicidad por el mismo, implican un gasto por la misma cifra en concepto de patrocinio, por lo que realmente, si bien desde el punto de vista contable supone un ingreso y un gasto, desde un punto de vista económico es "suma cero" y por lo tanto no es un ingreso que sirva
para sostener los gastos de estructura de la empresa, sino exclusivamente el patrocinio referido.
Una vez ajustadas las cifras, reducido el impacto de la Barcelona World Race, el importe de los ingresos es de 103.108 miles de euros en 2009, de 93.221 miles de euros en 20l0 y de 85.600 miles de euros en 20ll.
Por su parte, tomando las cifras trimestrales desde 2011 e incluyendo en las mismas las de los tres primeros trimestre de 2012, vemos como las cifras en miles de euros son las siguientes por cada uno de dichos trimestres. Las primeras que se recogen en cada caso se corresponden con las cifras rectificadas retirando el impacto de la Barcelona World Race, las segundas son cifras totales:
-2009 (cifras anuales) K euros
103.108 119.747
-2010
93.221 113.861
-2011
IT- 20.676 20.676
2T- 23.061 31.991
3T-21.451 21.451
4T 20.412 20.412
85.600 94.530
-2012
IT- 18.934 18.934
2T-18.840 18.840
3T- 17.617 17.617
Siendo que a la vista de las referidas cifras de ingresos se desprende que existe un descenso significativo y persistente en el nivel de ingresos. Y ello tanto si se toman las cifras anuales de los últimos años; como si se toman los ingresos de los últimos tres trimestres y se comparan con los mismos trimestres del año anterior (criterio que salva los efectos de la estacionalidad del sector).
Las cifras hasta ahora indicadas, lo son a nivel de grupo, Si tenemos en cuenta los datos de HEARST MAGAZINES, S.L., una vez retiradas las cifras de DECOREVISTAS, S.L., las cifras totales en lo referido al año 2009 ascienden a 115.757 miles de euros; en el año 2010 a 109.699 miles de euros y en 2011 a 90.413 miles de euros.
Una vez ajustadas las cifras, reducido el impacto de la Barcelona World Race, el
importe de los ingresos es de 99.118 miles de euros en 2009, de 89.137 miles de euros en 2010 y de
81.607 miles de euros en 2011
Por su parte, acudiendo a las cifras individuales de HEARST MAGAZINES, S.L., tomando las cifras trimestrales e incluyendo en las mismas las de los tres primeros trimestres de 2012, dan las que a continuación se indica. Las primeras que se recogen en cada caso se corresponden con las cifras rectificadas retirando el impacto de la Barcelona World Race, las segundas son cifras totales:
2009 (Cifras anuales )K euros
99.118 115.757
2010(Cifras anuales )K euros
89.137 109.699
201 1(Cifras anuales )K euros
IT- 19.752 19.752
2T-21.924 30.730
3T- 20.633 20.633
4T- 19.298 19.298
81.607 90.413
2012 (Cifras anuales )K euros
1T- 18.060 18.060
2T- 17.869 17.969
3T- 16.958 16.958
Produciéndose el descenso de ingresos en los mismos términos que si se toman las cifras de grupo, de forma continuada en los últimos ejercicios y en los últimos tres trimestres en concreto.
A la vista de todo ello se aprecia la existencia de una situación económica negativa, que de persistir podría comprometer la continuidad de la empresa y hacer entrar a la misma en pérdidas. Para evitarlo, se están tomando medidas drásticas de ahorro, entre las que se incluye la realización de despidos, suprimiendo una serie de puestos de trabajo, entre ellos el suyo, que permitan de recortar los gastos y adecuar la plantilla al nivel actual de ingresos.
A la vista de lo cual, tal y como se le ha indicado concurren causas económicas, al existir una mala situación económica en la empresa, existiendo una persistente disminución de ingresos, en los últimos años y en especial, durante los últimos tres trimestres.
Por otro lado y con independencia de que no constituyan grupo de empresas laboral con HEARST MAGAZINES S.L., queremos indicarles que a mayor abundamiento, la empresa
participada TELEPHONE PUBLISHING, S.L. y su participada SISTEMAS TELEFONICOS AUXILIARES, S.L., igualmente se encuentran atravesando una situación
económica negativa, habiéndose producido un descenso en sus cifras de ingresos. En el siguiente cuadro se ve que la evolución trimestral de la cifra total de negociaos incluyendo estas dos compañías, sigue la misma tendencia:
TELEPHONE STA, SL HEARST SUMA PUBLISHING SL (SIN BWR)
2011 :(Cifras trimestrales) Keuros
1T- 470 282 20.676 21.428
2T- 458 296 23.061 23.815
3T- 517 292 21.451 22.260
4T- 44333320.41221.188
1.888 1.203 85.600 88.691
2012:(Cifras trimestrales) Keuros
1T- 428 273 18.934 19.635
2T- 357 352 18.840 19.549
3T- 330 178 17.617 18.125
Información que les facilitamos con independencia de que como les hemos indicado, dichas empresas no constituyen grupo de empresas laboral con HEARTST MAGAZINES, S.L., dedicándose incluso a una actividad distinta (telemárketing) y estando sujetas a un convenio colectivo distinto (Contact Call).
A la vista de todo ello, tal y como lo indicamos al comienzo de nuestra carta, procedemos a su despido, por causas objetivas de índole económica, que llevan a la necesidad objetiva de proceder a la amortización de su puesto de trabajo, al amparo del artículo 52.c), del Estatuto de los Trabajadores . Despido que procedemos a comunicarle por medio de la presente.
Junto a la presente carta le hacemos entrega de Talón nominativo de BBVA, n° 8783370 por importe de
15.360,75 euros, (quince mil trescientos sesenta euros con setenta y cinco céntimos), Importe al que asciende la indemnización legal de 20 días por año".
Conforme al Informe de Procedimientos Acordados emitido el 27-12- 12 por un auditor externo, la cifra de negocios de la empresa ha ido descendiendo desde el año 2009, según se refleja en el documento n° 14 de la empresa, que se da por reproducido.
Conforme a las cuentas anuales de HEARST MAGAZINES, S.L. del ejercicio 2012, el importe neto de la cifra de negocio fue de 69.609.350 euros, el resultado de la explotación de 1.635.203 euros y el resultado del ejercicio fue de 2.211.31l euros. (Doc. 6 de la empresa).
En el ejercicio 2011, el importe neto de la cifra de negocio fue de 90.412.624 euros, el resultado de la explotación de 5.352.702 euros y el resultado del ejercicio fue de 5.488.855 euros. (Doc. 7 de la empresa).
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STSJ Comunidad de Madrid 1051/2014, 19 de Diciembre de 2014
...precedentes pronunciamientos, entre los últimos las sentencias dictadas en fechas 10.03.2014 (RS 1971/2013 ) y 6 de junio de 2014 ( ROJ: STSJ M 8990/2014 -ECLI:ES:TSJM:2014:8990), en cuanto los supuestos enjuiciados guardan la necesaria identidad de Por tanto, reproducimos lo que esas sente......