STSJ Comunidad de Madrid 1006/2008, 9 de Diciembre de 2008

PonenteCONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
ECLIES:TSJM:2008:24023
Número de Recurso5447/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1006/2008
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Social

Sentencia nº 1006

Ilmo. Sr. D. Juan José Navarro Fajardo :

Presidente :

Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz:

Ilma. Sra. Dª Concepción Ureste García :

En Madrid, a nueve de diciembre de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

en el recurso de suplicación nº 5447/08-5ª, interpuesto por Dª Fátima representada por el Letrado D. Julián María Crespo Carrillo, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 19 de los de Madrid, en autos núm. 810/07, siendo recurridos el AYUNTAMIENTO DE PARLA, representado por el Letrado D. Antonio González Úbeda-Romero, D. Marco Antonio y Dª Sandra . Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª Concepción Ureste García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Dª Fátima , contra el Ayuntamiento de Parla, D. Marco Antonio y Dª Sandra sobre tutela de derechos fundamentales, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma, habiendo sidocitado el Ministerio Fiscal. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 18 de abril de 2008 , en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante Dña. Fátima , con DNI NUM000 , que está en posesión del título de Licenciada en Medicina y Cirugía, presta servicios para la demandada, el Ayuntamiento de Parla, con antigüedad de 1 de octubre de 1983, categoría profesional de jefe de sección médico y salario bruto mensual con prorrateo de pagas extraordinarias de 3.774,15 euros.

SEGUNDO

El 1 de octubre de 1983, la actora fue contratada por el Patronato de Deportes del Ayuntamiento de Parla, como médico de la piscina municipal, sita en Avda. Juan Carlos I de Parla. La actora prestaba su actividad en la piscina municipal. Su trabajo consistía en la realización de reconocimientos médicos a los alumnos de las escuelas deportivas, la impartición de clases de gimnasia médica y cursos de medicina deportiva y primeros auxilios a entrenadores y árbitros, así como la asistencia médica a usuarios de la piscina municipal en el período estival.

TERCERO

El 14 de marzo de 1991, el Pleno del Ayuntamiento de Parla acordó la absorción de las actividades y personal del Patronato de Deportes, quedando desde entonces integrada la actora en la plantilla laboral del Ayuntamiento, con reconocimiento de la antigüedad desde la fecha de su ingreso en el Patronato, pasando a ser adscrita a la Concejalía de salud y medio ambiente, con categoría de jefe de sección médico de medio ambiente grupo 1 nivel C, bajo dependencia directa del Dr. Luis Miguel , siendo desde entonces el lugar de prestación de servicios las oficinas de la Concejalía ubicadas en plaza de la Constitución s/n de Parla, hasta 1992, en que las oficinas se trasladaron a la calle Ramón y Cajal.

La actividad desempeñada por la demandante consistía en realizar los siguientes cometidos

-inspecciones sanitarias.

-protocolos y asesoramiento técnico en colegios públicos, en campañas de prevención (enfermedades infectocontagiosas Y parásitos).

-control de zoonosis.

-control de toxiinfecciones alimentarias e impartición de cursos para la obtención del carné de manipulador de alimentos.

-gestión del centro de protección animal.

-gestión y control de los servicios de desratización, desinfección y desinsectación.

-control de residuos biosanitarios.

-informes e inspecciones sanitarias para la concesión de licencias de actividades inocuas y clasificadas RAMINP.

-informes de calificación ambiental.

-control de residuos (orgánicos e inertes, vertidos líquidos y reciclados).

-gestión del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos.

-control de la empresa de limpieza viaria.

Para el desempeño de su actividad la demandante disponía de un despacho propio dotado de medios necesarios. E1 servicio al que estaba adscrita estaba atendido por un auxiliar administrativo, un biólogo, capataces, varios peones y personal de recogida de residuos.

CUARTO

El 23 de septiembre de 1996 el Concejal de Régimen Interior, D. Valentín , emitió una nota interna por la que la actora dejó de realizar toda actividad relacionada con el área de medio ambiente de la Concejalía, dejando de emitir informes medioambientales previos a la concesión de licencias de actividad, así como la gestión y control de empresas, debiendo devolver los expedientes relacionados con dichasmaterias (limpieza viaria, recogida de residuos, contenedores y papeleras y vertidos líquidos), quedando circunscrita su actividad a la realización de las actividades propias del área de salud. La actora fue trasladada a un despacho de menores dimensiones y dejó de ser asistida por el equipo humano dedicado a las actividades medioambientales.

QUINTO

Mediante Decreto de 11 de abril de 1997 del Concejal Delegado de Interior, Sr . Valentín , la demandante fue trasladada a la Concejalía de deportes, que tenía su sede física en el Polideportivo sito en calle Juan Carlos I s/n manteniendo no obstante el despacho que tenía en la Concejalía de salud y medio ambiente, donde estuvo sin ocupación efectiva. La actora presentó un escrito el 23 de abril solicitando se dejase sin efecto la decisión por persistir las razones de falta de dotación técnica y económica para el desempeño de funciones de médico en el Servicio de Deportes.

SEXTO

El 23 de enero de 1998 se dictó un Decreto por el que se dispone reintegrar a la actora en el Servicio de Sanidad Ambiental durante los lunes, miércoles y viernes, permaneciendo los martes y jueves en el Servicio de Deportes, sin ocupación efectiva excepto en los períodos estivales en que prestaba servicios de asistencia médica en la piscina municipal. En este período la actora permanecía en las dependencias de la Concejalía de salud y medio ambiente de la calle Ramón y Cajal, salvo en los períodos estivales, en que realizaba su actividad en la piscina municipal. En estas últimas dependencias disponía de material médico para curas, un botiquín y un ATS.

SÉPTIMO

La demandante presentó demanda el 8 de febrero de 1999, recayendo sentencia del Juzgado de lo Social nº 12, de los de Madrid, autos 68/99 , en reclamación de cantidad, por la que se condenó al Ayuntamiento de Parla a abonarle la suma de 3.862.974 pesetas, por atrasos de Convenio, tras la valoración de los puestos de trabajo del personal laboral del Ayuntamiento.

OCTAVO

Por Decreto de la Concejala Delegada de Régimen Interior Sra. Sandra , de 10 de septiembre de 1999, se acordó la ratificación del Decreto de 11 de abril de 1997 , con mantenimiento de la adscripción de la demandante, con carácter exclusivo a la Concejalía de Deportes, bajo dependencia jerárquica del Director de deportes D. Marco Antonio . A partir de la indicada fecha la actora ha sido destinada a la sala de gimnasia del Pabellón Polideportivo "La Cantueña", sito en la calle La Cantueña, hasta el mes de diciembre de 2001, en que pasó a la sala común del Ayuntamiento, sita en la Plaza de la Constitución s/n, donde permaneció hasta el mes de abril de 2003. Desde el mes de mayo hasta agosto de 2003, pasó a la Casa de la Cultura de Parla y desde septiembre de 2003 hasta febrero de 2004, estuvo destinada en el Colegio San Ramón, en la calle Pinto nº 76, sede de la Concejalía de Deportes. Los cometidos que le fueron asignados consistían en el desarrollo de un programa de salud en el deporte centrado en la realización de reconocimientos médicos a los usuarios de las instalaciones deportivas municipales.

NOVENO

En fechas 18 de octubre de 1999, 15 de abril, 11 de junio y 16 de octubre de 2002 la demandante presentó sendos escritos dirigidos al Director de Deportes Sr. Marco Antonio , para que se dotase de medios adecuados (técnicos, administrativos y de personal), el servicio de salud en el deporte que le había sido asignado (folios 201 al 206).

DÉCIMO

El 17 de enero de 2003, presentó la actora demanda frente al Ayuntamiento en reclamación del derecho a la ocupación efectiva, impugnando su adscripción al Servicio Municipal de Deportes, acordada por Decreto de 10 de septiembre de 1999 , solicitando su reinserción en la Concejalía de Salud y Medio Ambiente, recayendo sentencia de 31 de julio de 2003, del Juzgado de lo Social nº 36 de los de Madrid , autos 52/03, que desestimó la pretensión con fundamento en considerar conforme a derecho y no arbitrario, ni abusivo el encuadramiento de la actora en la Concejalía de Deportes (documento 20 de la demandada, folio 1164 al 1169).

UNDÉCIMO

Por sendos escritos presentados el 29 de septiembre de 2003 y el 28 de enero de 2004, la demandante solicitó del Director de Deportes Sr. Marco Antonio ; la dotación de medios adecuados para el servicio de salud en el deporte, remitiendo una relación del material sanitario preciso (folios, 1085 y 1086), sin obtener respuesta y de la Concejala Delegada de Recursos Humanos del Ayuntamiento la ocupación...

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