STSJ Murcia 887/2007, 9 de Julio de 2007

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2007:886
Número de Recurso791/2007
Número de Resolución887/2007
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por doña Inmaculada , contra la sentencia número 0026/2007 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 18 de enero, dictada en proceso número 0723/2006, sobre incapacidad, y entablado por doña Inmaculada frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: La actora, nacida el 9112/1964 y de profesión habitual Ayudante de cocina inició proceso de Incapacidad Temporal el 8/10/2004. SEGUNDO: Tras el oportuno reconocimiento médico, se emitió e 27/4/2006 informe médico de síntesis. El Equipo de Valoración de Incapacidades elevó el 2/5/2006 propuesta de inexistencia de incapacidad permanente. TERCERO: Contra la resolución del INSS que así lo acordó s interpuso reclamación previa que fue desestimada. CUARTO: La actora padece las dolencias siguientes: contusión de rodillas y fractura con mínimo arrancamiento del ganchos en carpo derecho en accidente de trafico en Octubre de 2004intervenida por síndrome del túnel carpiano derecho polialgias, trastorno mixto ansioso-depresivo en tratamiento crisis de ansiedad, transformación persistente de la realidad migrañas, perdida súbita de memoria. QUINTO: La base reguladora mensual asciende a 723,48 euros"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Inmaculada contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo declarar y declaro que la demandante se halla afecta de una Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual derivada de accidente no laboral condenando al INSS a estar y pasar por ello y a que abone a la demandante una pensión mensual del 55% de su base reguladora con efectos económicos desde el 2/5/2006, mas las mejoras las revalorizaciones oportunas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Aurelio Ruiz Gómez, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 18 de Enero del 2007, dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Murcia en los autos 723/06 , desestimó la demanda formulada por Dña Inmaculada contra el INSS, en reclamación de prestaciones por incapacidad permanente absoluta o, subsidiariamente, total para su profesión habitual de Ayudante de cocina, derivada de enfermedad común.

Disconforme con la sentencia, la actora interpone recurso de suplicacion, solicitando tanto la revisión de los hechos declarados probados (artículo 191.b de la Ley de Procedimiento laboral) como, con amparo en el artículo 191 .c, su revocación, para que se...

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