STSJ Murcia 51/2007, 29 de Enero de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:134
Número de Recurso1224/2006
Número de Resolución51/2007
Fecha de Resolución29 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA María Antonieta , contra la sentencia número 259/06 del Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia de Murcia, de fecha 3 de julio del 2006, dictada en proceso número 412/06, sobre ALTA MEDICA, y entablado por DOÑA María Antonieta frente MUTUA ASEPEYO, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y SERVICIO MURCIANO DE SALUD.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante Dª. María Antonieta , con D.N.I. NUM000 , domiciliada en la pedanía de El Esparragal, Puerto Lumbreras (Murcia), inició un periodo de incapacidad temporal por contingencias comunes el 30-9-2005, con una clínica de mareos y algias. SEGUNDO.- La profesión de la actora es la de dependienta de caja en estación de servicio. TERCERO.- Del periodo de incapacidad laboral fue dado de alta por mejoría el 17-1-2006. CUARTO.- La base reguladora asciende a 28,74 euros diarios. QUINTO.- Disconforme con el alta médica dada, la actora interpuso reclamación administrativa previa, la que fue desestimada por resolución de29-3-2006. SEXTO.- La actora padece inicio de artrosis."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Estimar la excepción de falta de legitimación pasiva alegada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Y desestimar la demanda promovida por Dª. María Antonieta , absolviendo de la misma al Servicio Murciano de Salud, a la Mutua Asepeyo, y a la Tesorería General de la Seguridad Social. Procede imponer a la Sra. María Antonieta una sanción de 300 euros.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. JOSE CABALLERO BERNABE, en representación de la parte demandante, con impugnación de contrario de MUTUA ASEPEYO, representada por D. MANUEL MARTINEZ RIPOLL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora doña María Antonieta presentó demanda, sobre impugnación de alta médica, contra el Servicio Murciano de Salud, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Mutua ASEPEYO, en reclamación de que se dejase sin efecto el alta médica emitida por la Mutua el 17 de enero de 2006; demanda que fue desestimada por el Juzgado a quo al considerar que la actora, con anterioridad al alta médica, podía realizar una actividad totalmente normal así como su trabajo habitual.

Frente a dicho pronunciamiento se interpone recurso de suplicación por la parte actora; basado, en primer lugar, en la revisión de hechos probados de la sentencia recurrida, al amparo del artículo 191, b) de la Ley de Procedimiento Laboral ; y, en segundo lugar, en el examen del derecho aplicado, a tenor del artículo 191, c) de la Ley de Procedimiento Laboral , por infracción de los artículos 128.1 de la Ley General de la Seguridad Social y 97.3 , así como de la jurisprudencia que se cita.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- En cuanto al primero de los motivos de recurso, se interesa por la parte recurrente la modificación del hecho probado sexto de la sentencia recurrida,...

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