STSJ Murcia 31/2007, 22 de Enero de 2007

PonenteJOSE ABELLAN MURCIA
ECLIES:TSJMU:2007:119
Número de Recurso1226/2006
Número de Resolución31/2007
Fecha de Resolución22 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 372/06 del Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia, de fecha 28 de septiembre del 2006, dictada en proceso número 568/05, sobre INCAPACIDAD, y entablado por D. Jose Carlos frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE ABELLAN MURCIA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La parte actora D. Jose Carlos , con D.N.I. NUM000 , nacido el día 24 de febrero de 1960, se encuentra afiliado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, por consecuencia de servicios prestados como escultor de imaginería religiosa. SEGUNDO.- Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSS, la que en Resolución de fecha 31 de mayo de 2005 declaró que el solicitante no se encontraba afecto de invalidez permanente en ningún grado de incapacidad. Interpuesta Reclamación Previa le fue, asimismo desestimada por Resolución del INSS; de fecha 29 de julio de 2005. TERCERO.- La Base Reguladora es la de 647'41 €. CUARTO.- La parte actora padece: como consecuencia de sufrir un traumatismo en la cara anterior del carpo derecho conun objeto cortante sección de varios tendones, arterias radial y cubital y nervios radial y cubital, quedando en la actualidad como secuelas una grave disminución de la función motora de la mano derecha no solo en la fuerza física sino en pérdida de habilidad motora, así como extensas zonas insensibles en la ano derecha que ponen en peligro la integridad de la misma al tratar en la profesión de escultor con fuego o sustancias corrosivas."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que con estimación de la demanda interpuesta por D. Jose Carlos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo declarar y declaro que la parte actora se encuentra en situación de invalidez permanente, grado de total con origen en accidente no laboral, y en consecuencia condeno a la Entidad demandada a que le reconozca y abone una pensión vitalicia y mensual en cuantía del 55 por ciento de su salario base regulador de 647'41 € más los incrementos legales correspondientes, y con efectos desde el día 27 de febrero de 2006.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la parte demandada, con impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia dictada en la Instancia estimo la demanda interpuesta por

D. Jose Carlos y, en consecuencia, declaró al demandante en situación de Incapacidad Permanente...

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