SAP Guadalajara 13/2006, 25 de Enero de 2006

PonenteISABEL SERRANO FRIAS
ECLIES:APGU:2006:25
Número de Recurso312/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución13/2006
Fecha de Resolución25 de Enero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 13/06

En Guadalajara, a veinticinco de Enero de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1 de la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de DIVISION HERENCIA 162/2004, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N.3 de GUADALAJARA , a los que ha correspondido el Rollo 312/2005, en los que aparece como parte apelante Dª. Natalia representada por el Procurador D. ANTONIO ESTREMERA MOLINA, y asistida por el Letrado D. ANDRES CABRERA HERRERA, como parte apelada-demandante Dª. Frida , Dª. Carmen , Dª. Pilar y D. David representados por el Procurador D. ANTONIO EMILIO VEREDA PALOMINO, y asistidos por el Letrado D. RAFAEL ANGEL MONGE RUIZ, y como parte apelada-demandada Dª. Elena , Dª. Sofía , Dª Esperanza y Dª. Yolanda , sobre formación de inventario, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. ISABEL SERRANO FRIAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 22 de febrero de 2005 se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimo íntegramente la impugnación formulada por el Procurador D. Antonio Estremera Molina en nombre y representación de Dª. Natalia contra Dña. Frida , Dña. Carmen , Dña. Pilar y D. David y, en consecuencia: Declaro la inclusión en el inventario de los siguientes bienes: De carácter privativo de D. Romeo : - Fincas Urbanas, en la localidad de Aldeanueva de Guadalajara (Guadalajara): 1.- Urbana, mitad indivisa (condominio) existente sobre la finca ubicada en la C/ DIRECCION000 , nº NUM000 de caber 37 m2. Condominio existente entre los hermanos Romeo y Dª. Lina , también conocida como Petra.= 2.- Urbana, ubicada en la misma localidad C/ CAMINO000 , nº NUM001 , de caber 34 m2.= - Fincas Rústicas, en el término de Aldeanueva de Guadalajara (Guadalajara): 1.- Al sitio de Dehesilla, polígono 004, parcela NUM002 , de caber 1 área y 80 centiáreas de cereal de secano.= 2.- Al sitio de Dehesilla, polígono 4, parcela NUM003 , de caber 75 centiáreas de olivar secano.= 3.- Al sitio de Dehesilla, polígono 4, parcela NUM004 , de caber 36 centiáreas de olivar de secano.= 4.- Al sitio de Dehesilla, polígono 4, parcela NUM005 , de caber 1 área y 45 centiáreas, olivar de secano.= 5.- Al sitio de Dehesilla, polígono 4, parcela NUM006 , de caber 2 áreas y 70 centiáreas de olivar secano.= 6.- Al sitio de Calzones, polígono 5, parcela NUM007 , de caber 28 áreas, cereal de secano.= 7.- Al sitio de la Dehesa, polígono 9, parcela NUM008 , de caber 10 áreas y 60 centiáreas, cereal de secano.= 8.- Al sitio de Umbría, polígono 9, parcela NUM008 , de caber 16 áreas, cereal secano.= 9.- Al sitio de Quebrada Rubio, polígono 18, parcela NUM009 , de caber 32 áreas y 10 centiáreas, cereal de regadío.= 10.- Al sitio de El Monte, polígono 21, parcela NUM010 , de caber 7 áreas y 44 centiáreas, cereal secano.= 11.- Al sitio de Fuentes, polígono 22, parcela NUM011 , de caber 2 hectáreas, 66 áreas y 80 centiáreas de cereal secano.= 12.- Al sitio de Marotillo, polígono 22, parcela NUM012 , de caber 1 hectárea, 83 áreas y 40 centiáreas, de cereal secano.= 13.- Al sitio de Barquillo, polígono 23, parcela NUM013 , de caber 61 áreas, 40 centiáreas, de cereal secano.= De carácter privativo de Dª. Lina : Fincas Urbanas en el término municipal de Aldeanueva de Guadalajara (Guadalajara): 1.- Urbana, mitad indivisa (condominio) existente sobre la finca urbana ubicada en la localidad de Aldeanueva, C/ DIRECCION000 nº NUM000 , de caber 37 m2.= 2.- Urbana ubicada en la localidad de Aldeanueva, C/ DIRECCION001 nº NUM014 , de caber 46 m2.= Fincas Rústicas en la localidad de Aldeanueva de Guadalajara (Guadalajara): 1.- Al sitio de Cobatilla, polígono 003, parcela NUM015 , de caber 2 áreas y 80 centiáreas de cereal secano.= 2.- Al sitio de Cobatilla, polígono 3, parcela NUM016 , de caber 2 áreas y 80 centiáreas de cereal secano.= 3.- Al sitio de Cobatilla, polígono 3, parcela NUM017 , de caber 10 áreas y 20 centiáreas de cereal secano.= 4.- Al sitio de El Hoyo, polígono 4, parcela NUM018 , de caber 29 áreas y 75 centiáreas de erial y olivar de secano.= 5.- Al sitio de Dehesilla, polígono 4, parcela NUM019 , de caber 35 centiáreas de cereal de secano.= 6.- Al sitio de Dehesilla, polígono 4, parcela NUM020 , de caber 15 áreas y 60 centiáreas de olivar de secano.= 7.- Al sitio de Dehesilla, polígono 4, parcela NUM021 , de caber 50 centiáreas, de cereal de secano.= 8.- Al sitio de Rosailla, polígono 8, parcela NUM022 , de caber 16 áreas y 80 centiáreas, de las que 9 áreas y 80 centiáreas son de cereal de secano y el resto de olivar de secano.= 9.- Al sitio de Dehesa, polígono 9, parcela NUM023 , de caber 1 área de cereal de secano.= 10.- Al sitio de Dehesa, polígono 9, parcela NUM023 , de caber 65 centiáreas de cereal de secano.= 11.- Al sitio de Dehesa, polígono 9, parcela NUM024 , de caber 2 áreas y 43 centiáreasde cereal de secano.= 12.- Al sitio de Pasillo, polígono 9, parcela NUM025 , de caber 19 áreas y 20 centiáreas de erial.= 13.- Al sitio de La Sima, polígono 15, parcela NUM026 , de caber 4 hectáreas, 52 áreas, y 40 centiáreas de cereal de secano.= 14.- Al sitio de Quebrada Rubio, polígono 18, parcela NUM027

, de caber 36 áreas de las que 34 áreas son de cereal de regadío y el resto de cereal de secano.= 15.- Al sitio de El Monte, polígono 21, parcela NUM013 , de caber 1 hectárea, 2 áreas y 24 centiáreas, de las que 72 áreas y 24 centiáreas son de olivar de secano y el resto de cereal de secano.= 16.- Al sitio de Marotillo, polígono NUM028 , parcela 40, de caber 98 áreas y 80 centiáreas, de cereal de secano.= 17.- Al sitio de Barquillo, polígono NUM029 , parcela 39, de caber 46 áreas, 60 centiáreas, de cereal de secano.= Cuanto antecede se entiende sin perjuicio de los cambios de numeración catastral de algunas de las parcelas indicadas, como así manifestaron los instantes del procedimiento, en el acto de formación de inventario celebrado el día 22 de julio de 2004, el cual finalizó sin acuerdo, con la impugnación que dio origen al presente incidente.= Las costas procesales se imponen a la parte impugnante, es decir a Dña. Natalia ".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Natalia , se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo el pasado día 24 de enero.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La impugnación deducida frente a la resolución...

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