STSJ Castilla y León 826/2007, 27 de Junio de 2007

PonenteMANUEL MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:TSJCL:2007:3780
Número de Recurso826/2007
Número de Resolución826/2007
Fecha de Resolución27 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 826/07 interpuesto por RENFE OPERADORA contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Dos de Palencia de fecha 19 de febrero de 2007, recaída en autos nº 536/06, seguidos a virtud de demanda promovida por D. Fermín contra precitada recurrente, sobre DERECHO (antigüedad), ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.

ANTECEDENTES DE HECHO
primero

Con fecha 4 de diciembre de 2006, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social Núm. Dos de Palencia demanda formulada por D. Fermín en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando referida demanda.

Segundo

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "PRIMERO.- Que el demandante viene prestando sus servicios por cuenta y orden de la empresa RENFE- OPERADORA (antes RENFE), con una antigüedad reconocida, desde el 01 de Octubre de 1967, ostentando en la actualidad la categoría profesional de JEFE de EQUIPO en el Taller de Mercancías de Venta de Baños, y percibiendo una retribución conforme a Convenio Colectivo. SEGUNDO.- Con fecha 31-12-2004 y como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 39/2003 de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario , seproduce un cambio de denominación social de la Entidad Pública Empresarial Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) pasando a denominarse Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) con la misma naturaleza jurídica y creando en su Disposición Adicional Tercera , una nueva Entidad Pública Empresarial, RENFE-Operadora, en la que se han subrogado parte de la plantilla, entre los que se incluye el actor. TERCERO.- El 15 de Junio de 1967, ingresó como aprendiz en la Empresa demandada en la Escuela de Aprendices de RENFE de Sevilla. En dicho centro se simultaneaba la formación teórica con la práctica en los talleres de RENFE. Meses antes, había superado un examen de méritos-oposición y le había sido adjudicada una plaza como aprendiz, con sujeción al período de prueba, lo cual fue superado satisfactoriamente. CUARTO.- La empresa demandada le reconoce la antigüedad de ingreso de 01 de octubre del año 1967, interesando el actor y formulando reclamación previa en vía administrativa solicitando se le reconociera a efectos de antigüedad la de 15 de junio del año 1967 presentada en 6 de septiembre del año 2006 y una vez agotada correctamente, se presenta demanda en vía judicial, solicitando: "se avenga a reconocer el derecho que le asiste al actor a tener la antigüedad de ingreso en RENFE, hoy RENFE-OPERADORA desde el 15 de junio de 1967 a todos los efectos." QUINTO.- La convocatoria para el ingreso en la Escuela de Aprendices obra al folio 26 y siguientes de autos y se da íntegramente por reproducida. SEXTO.- El Reglamento de Régimen Interior de RENFE publicado por Orden del Ministerio de Trabajo de 9 de junio de 1962 establece en su artículo 23 del capítuloV cuando a propósito de ese período Preparatorio dice que: "... durante el cual se considerará al aprendiz en Período de Prueba. Durante este Período Preparatorio cualquiera de las dos partes podrá dar por terminado el contrato de aprendizaje sin más obligación que la de ponerlo en conocimiento de la otra." SEPTIMO.- En el Juzgado de lo Social número uno y en fecha de 9 octubre del año 2006, en el procedimiento 340/2006 en una demanda formulada por otro trabajador de RENFE D. Pedro Francisco , interesando el mismo suplico que el presente actor, se llega a una conciliación transaccional en los términos de: "Que por ADIF se manifiesta que a pesar de su discrepancia en cuanto al debate planteado, la empresa se aviene a conciliar la reclamación presentada por el actor, reconociéndole antigüedad en la Red desde 15-06-1967, a la vista de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 20-09-1991, 19-01-2004, 16-02-2004, 05-04-2004 y 10-05-2004 , todas estimatorias de las reclamaciones efectuadas idénticas a la planteada en los presentes autos".

Tercero

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha Sentencia por Renfe Operadora, fue impugnado por el actor. Elevados los autos a esta Sala se designó Ponente,...

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