SAP Valencia 8/2007, 15 de Enero de 2007
Ponente | PURIFICACION MARTORELL ZULUETA |
ECLI | ES:APV:2007:316 |
Número de Recurso | 757/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 8/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia |
ROLLO núm. 757/06 - K -SENTENCIA número 8/07
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION NOVENA
Ilmos. Sres.:
Dª Rosa Mª Andrés Cuenca
Dª Mª Antonia Gaitón Redondo
Dª Purificación Martorell Zulueta
En la ciudad de Valencia, a 15 de enero de 2007.
Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Purificación Martorell Zulueta, el presente Rollo de Apelación número 757/06, dimanante de los Autos de Juicio Ordinario 24/05, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Carlet, entre partes; de una, como demandante apelante, INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL, representado por la procuradora doña Cristina Litago Lledó, y de otra, como demandados apelados, don Luis Enrique , doña Marcelina , doña Marina y HERENCIA YACENTE DE DON Luis .
La Sentencia apelada, pronunciada por el señor Juez de Primera Instancia número 2 de Carlet, en fecha 22 de febrero de 2006 , contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta a instancia del INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL, representado por el procurador señora Litago Lledó, contra don Luis Enrique , doña Marcelina , HERENCIA YACENTE DE DON Luis A TRAVES DE DOÑA Marina y DOÑA Marina EN NOMBRE PROPIO, en situación procesal de rebeldía, debo acordar los siguientes pronunciamientos:
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Debo condenar y condeno a dichos demandados a abonar solidariamente a la entidad actora, INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL, la cantidad de 4.505,39 euros en concepto de principal.
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Debo condenar asimismo a tales demandados a abonar solidariamente los intereses moratorios del principal, pactados en la póliza de préstamo suscrita con la parte actora, los cuales serán calculados en la forma descrita en el Fundamento de Derecho Quinto de la presente resolución con la distinción de los dos tramos.
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Debo declarar y declaro prescritos los intereses remuneratorios devengados por el principal.
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En materia de costas cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad."
Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, remitiéndose los autos a esta Audiencia, tramitándose la alzada, con el resultado que consta en las actuaciones.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Por la representación de la entidad INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL se interpone recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 2 de Carlet de 22 de febrero de dos mil seis , parcialmente estimatoria de la acción personal de reclamación de cantidad derivada de contrato de préstamo, ejercitada por la indicada entidad, contra los demandados DON Luis Enrique , DOÑA Marcelina y HERENCIA YACENTE DE DON Luis , a quienes la sentencia de instancia condena al pago del principal reclamado más intereses de demora calculados en la forma determinada en el quinto de los fundamentos jurídicos de la resolución, declarando prescritos los intereses remuneratorios y sin pronunciamiento en costas de la instancia por razón de la estimación parcial de la demanda.
Alega la recurrente, en su escrito de formalización del recurso de apelación obrante al folio 264 y siguientes de las actuaciones, que:
La sentencia debió estimar íntegramente la demanda por cuanto que los demandados dejaron transcurrir el plazo de contestación y por tanto no alegaron en plazo excepciones procesales, que no pueden ser acogidas, tal y como ya ha declarado la Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Valencia en sentencia de 29 de abril de 2005 .
La prescripción no puede ser acogida de oficio.
Para el supuesto de no ser acogidos los anteriores motivos alegó que no procedía la modificación sustancial del interés de demora pactado en la póliza de préstamo en cuanto a la...
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