SAP A Coruña 346/2005, 23 de Septiembre de 2005
Ponente | CARLOS FUENTES CANDELAS |
ECLI | ES:APC:2005:266 |
Número de Recurso | 1273/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 346/2005 |
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª |
SENTENCIA
Nº 369/05
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Cuarta
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG
CARLOS FUENTES CANDELAS
ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ
En A CORUÑA, a veintitres de setiembre de dos mil cinco.
Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de Juicio ORDINARIO Nº 177/04-GE, sustanciado en el JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 6 A CORUÑA , y que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTES-APELADOS-IMPUGNANTES DON Joaquín y la Entidad WINTERTHUR SEGUROS GRAVES, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, representados en ambas instancias por la Procuradora SRA. DÍAZ AMOR y dirigidos por el Letrado SR. ARMENTEROS CUETOS y de otra como DEMANDADO-APELADO HILO DIRECT SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. , representado en ambas instancias por el Procurador SR. PUGA GÓMEZ y dirigido por el Letrado SR. BELLAS JIMÉNEZ; y como DEMANDADO-APELANTE CONSORCIO COMPENSACIÓN DE SEGUROS, dirigida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO; versando los autos sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 6 DE A CORUÑA, con fecha 28.2.05. SU PARTE DISPOSITIVA LITERALMENTE DICE FALLO: 1º.- Que estimando, íntegramente, la demanda presentada por el Sr. Panceira Cortizo en nombre y representación de Dº Joaquín y de la entidad Winterthur Seguros Generales S.A. de seguros y reaseguros asistida por la Sra. Alvarez Rodil contra el Consorcio de Compensación de Seguros asistida por el Sr. Fernández Rodríguez y debo declarar y declaro la responsabilidad civil del Consorcio de Compensación de Seguros del vehículo con matrícula ....-QVF y a indemnizar a Dº Joaquín y a la entidad aseguradora Winterthur Seguros Generales S.A. de seguros y reaseguros en los daños y perjuicios que le han sido ocasionados como consecuencia de los hechos objeto de demanda que importan la suma de 460,47 euros para Dº Joaquín y 2.941,05 euros para la entidad aseguradora Winterthur más los intereses legales que serán los establecidos en el art. 20 de la LCS por remisión de la ley 30/95 de 8 de noviembre de ordenación de seguro privado , desde la fecha del accidente, al existir reclamación previa y no haber sido obviamente atendida. Todo ello con expresa imposición de costas al demandado.
-
- Que desestimando, íntegramente, la demanda formulada por el Sr. en nombre y representación de Dº Joaquín y de la entidad mercantil Winterthur Seguros Generales S.A. de seguros y reseguros asistida por contra la entidad aseguradora Hilo Direct Seguros y Reaseguros S.A. representada por asistida por a quien debo absolver y absuelvo, libremente, de todos los pedimentos frente a ella aducidos en el escrito rector de la demanda. Todo ello sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al en que se notifica esta resolución".
Contra la referida resolución por CONSORCIO COMPENSACIÓN DE SEGUROS, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a Ponencia para resolución.
Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS FUENTES...
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