SAP Barcelona 172/2006, 30 de Marzo de 2006
Ponente | ASUNCION CLARET CASTANY |
ECLI | ES:APB:2006:3414 |
Número de Recurso | 39/2006 |
Procedimiento | MENOR CUANTÍA |
Número de Resolución | 172/2006 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DIECINUEVE
ROLLO Nº 39/2006
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 93/2005
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE BADALONA
S E N T E N C I A N ú m. 172/2006
Ilmos. Sres.
D./Dª. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO
D./Dª. NURIA BARRIGA LOPEZ
D./Dª. ASUNCION CLARET CASTANY
En la ciudad de Barcelona, a treinta de marzo de dos mil seis
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecinueve de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 93/2005, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Badalona, a instancia de D/Dª. Roberto, contra D/Dª. Gabriela Legal Representante CASA HUELVA; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 14 de Octubre de 2.005, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda promovida por D. Roberto, repreesntado por la Procuradora Dª. MONTSERRAT SALGADO LAFONT y asistido por el Letrado D. JORDI TEVA MONT, contra Dª. Gabriela, en su calidad de Presidenta de la Casa de Huelva, representada por la Procuradora Dª. MERCE CABA SAMPER y asistida por el Letrado D. JORDI BALLESTEROS VENTURA, debo CONDENAR y CONDENO a la entidad CASA DE HUELVA, repreentada or su Presidenta Dª. Gabriela, a abonar a D. Roberto la cantidad de
16.650,69 euros de principal (dieciseis mil seiscientos cincuenta euros con sesenta y nueve céntimos de euro), más el interés legal del dinero de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la demanda inicial de proceso monitorio hasta la fecha de esta resolución hasta su completo pago, todo ello sin expresa imposición de las costas causadas en este procedimiento."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 29 de Marzo de 2.006.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ASUNCION CLARET CASTANY.
Frente a la sentencia dictada en la instancia en cuya virtud se estima en parte la demanda ejercitada por D. Roberto contra Casa Huelva en reclamación de la suma de 18.300,66 euros correspondientes a las cantidades prestadas por el primero a la entidad CASA HUELVA cuando ejercia de presidente, y condena a la demandada al pago de 16.650,69 euros, se alza el recurrente interesando la revocación de la misma al adolecer la sentencia de incongruencia y motivación, pues en la demanda solo se reclamaba la deuda derivada de los acuerdos tomados en la Asamblea General de 12 de octubre de 2.003; y además depender el pago de la condición de suficiencia economica de la entidad.
El primero de los motivos denuncia la incongruencia de la sentencia de instancia sobre la base de que el actor en su demanda circunscribió el objeto de debate a la existencia o no de una deuda derivada de los acuerdos tomados en la Asamblea General del Centro Cultural Andaluz Casa de Huelva de fecha 14 de octubre de 2.001, resultando de la misma que la deuda se fijo en 13.212,87 euros y no en las otras cantidades concedidas en la...
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