SAP Barcelona 582/2013, 17 de Diciembre de 2013

PonenteAGUSTIN FERRER BARRIENDOS
ECLIES:APB:2013:14746
Número de Recurso339/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución582/2013
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSEXTA

ROLLO Nº. 339/2012 -A

JUICIO ORDINARIO NÚM. 1247/2009

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 4 SABADELL (ANT.CI-6)

S E N T E N C I A nº 582/2013

Ilmos. Sres.

DON AGUSTIN FERRER BARRIENDOS

DON JORDI SEGUÍ PUNTAS

DOÑA INMACULADA ZAPATA CAMACHO

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de diciembre de dos mil trece.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario, número 1247/2009 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 4 Sabadell (ant.CI-6), a instancia de Basilio, representado en esta alzada por la Procuradora, designada de oficio, Doña Marta Durbán Piera, contra ACTIVA2 VALLES PROMOCIONES, S.L., Leopoldo, Severiano, declarados en rebeldía, y contra CAIXA D'ESTALVIS DE MANRESA, ahora CATALUNYA BANC, S.A., representada en esta alzada por el Procurador Don Carlos Badía Martínez. Estas actuaciones penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte por la parte demandante y la codemandada Catalunya Banc, SA., contra la Sentencia dictada el día treinta de septiembre de dos mil once por la Magistrada- Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"FALLO

Se ESTIMA SUSTANCIALMENTE la demanda interpuesta por Don Basilio, representado por el Procurador de los Tribunales Francesc Ricart Tasies, contra la mercantil ACTIVA2 VALLÈS PROMOCIONES,

S.L, en rebeldía, contra Don Leopoldo, en rebeldía, contra Don Severiano, en rebeldía y contra CAIXA D'ESTALVIS DE MANRESA, actualmente CAIXA D'ESTALVIS DE CATALUNYA, TARRAGONA I MANRESA, representada por el Procurador de los Tribunales Alvaro Cots Duran, por lo que:

  1. ) Debo declarar y declaro la resolución de los contratos de permuta suscritos el día 13 de diciembre de 2006 y el día 28 de diciembre de 2006 entre Activa 2 Vallès Promociones, S.L. y el Sr. Basilio relativos a la finca número NUM000, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Sabadell, tomo NUM001, libro NUM002 de Sección NUM003, folio NUM004, sita en RONDA000, número NUM005 de Sabadell. 2º) Debo declarar y declaro el derecho Don. Basilio a que se le revierta nuevamente la propiedad de la finca sita en RONDA000 número NUM005 de Sabadell, descrita en el anterior apartado 1º de este fallo, en el estado que se hallaba en el momento de celebrarse los contratos de permutas, libre de cargas y, en consecuencia, debo condenar y condeno a Activa 2 Vallès Promociones, S.L., a Don Leopoldo, a Don Severiano y a la Caixa d'Estalvis de Catalunya, Tarragona i Manresa a estar y pasar por esta resolución y por la liberación de cargas de la finca descrita, debiéndose cancelar las inscripciones y anotaciones registrales contrarias a esta resolución, quedando Don. Basilio autorizado para inscribir nuevamente su dominio sobre la mencionada finca.

  2. ) Debo declarar y declaro el derecho Don. Basilio a hacer suyo todo lo construido en la finca sita en RONDA000 número NUM005 de Sabadell, descrita en el anterior apartado 1º de este fallo, así como todo lo construido en la finca sita en el término municipal de Mura, en el paraje conocido por " DIRECCION000 ", parcela número NUM006 de la URBANIZACIÓN000, inscrita en el Registro de la Propiedad de Manresa número 4, finca NUM007, tomo NUM008, libro NUM009, folio NUM010 .

  3. ) Debo acordar y acuerdo la nulidad de pleno derecho de la hipoteca constituida en escritura pública en fecha 2 de marzo de 2007 por Activa2 Vallès Promociones, S.L. a favor de la entonces Caixa de Manresa, actual Caixa d'Estalvis de Catalunya, Tarragona i Manresa, como acreedor hipotecario, sobre la finca sita en RONDA000 número NUM005 de Sabadell, descrita en el anterior apartado 1º de este fallo.

  4. ) Debo acordar y acuerdo la nulidad de la inscripción de la hipoteca, contradictoria de dominio, reseñada en el anterior apartado 4º de este fallo, librándose en su día el correspondiente mandamiento al Registro de la Propiedad para la cancelación oportuna.

  5. ) Debo declarar y declaro la nulidad del procedimiento de ejecución hipotecaria número 1417/2008 seguido en este mismo Juzgado a instancia de Caixa d'Estalvis de Catalunya, Tarragona i Manresa contra Activa 2 Vallès Promociones, S.L.

  6. ) Debo acordar y acuerdo mantener las medidas cautelares acordadas en los términos establecidos en el fundamento jurídico noveno de la presente resolución.

Todo ello sin que proceda efectuar especial imposición de costas, debiendo abonar cada parte las causadas a su instancia, y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación del demandante Basilio y la representación de la codemandada Catalunya Banc, S.A. mediante sus respectivos escritos motivados, de los que se dió traslado a las demás partes personadas. Tanto la demandante como la codemandada citada se opusieron al recurso de su contraria mediante su respectivo escrito. Elevados los autos a esta Audiencia Provincial se procedió a dar el trámite pertinente señalándose para votación y fallo el día 3 de septiembre de 2013.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar la presente resolución.

Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. AGUSTIN FERRER BARRIENDOS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son hechos que enmarcan el presente litigio los siguientes:

  1. - El Sr. Basilio, albañil de profesión, era titular tanto de una parcela en la URBANIZACIÓN000 del DIRECCION000 en Mura, donde pretendía edificar su residencia como también titular del inmueble sito en RONDA000 nº NUM005 de Sabadell donde vivía en el año 2006.

  2. - En 16 de diciembre de este año y mediante documento privado concertó con "Activa2 Vallés Promociones SL" un contrato de permuta del inmueble donde vivía a cambio de determinadas entidades de la nueva edificación que se efectuaría en dicho lugar así como también -en virtud de un anexo del contrato- de la edificación de una vivienda unifamiliar que la promotora demandada construiría en el solar de la urbanización de Mura sin coste alguno para el demandante. El contrato ya preveía, como condición, la autorización para hipotecar la finca de Sabadell por la promotora como forma de financiación de la edificación futura.

  3. - En 28 de diciembre se formaliza la permuta en escritura pública con condición resolutoria expresa e inscribible (e inscrita) en el registro de la propiedad y pacto expreso de autorización para concertar hipoteca con posposición de la condición resolutoria. La escritura de permuta no refleja, en cambio, el compromiso existente en el anexo del contrato privado (la inclusión de la edificación de la casa unifamiliar en la urbanización de Mura).

  4. - En 2 de marzo de 2007 se suscribe un préstamo hipotecario por la promotora con Caixa Manresa por 200.000 euros, ampliables conforme se fuera edificando el inmueble objeto de la permuta. El demandante interviene en el contrato a efecto de prestar consentimiento a la cláusula de posposición.

  5. - La promotora inició la edificación de la casa unifamiliar de la urbanización de Mura a donde habría de trasladarse el Sr. Basilio antes de que se iniciaran las obras en RONDA000 nº NUM005 donde residía, pero probablemente las dificultades económicas provocaron que finalmente abandonara este proyecto y la edificación de la urbanización que quedó construida el 76,11%. La edificación del edificio proyectado en RONDA000 de Sabadell ni siquiera se ha iniciado.

  6. - Caixa Manresa interpuso demanda de ejecución hipotecaria contra Activa2 Vallés Promociones en reclamación de 211.402,97 euros, intereses y costas que se admitió a trámite en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Sabadell y que fue suspendido en virtud de medida cautelar acordada en este proceso ordinario.

Por medio de la demanda origen de este proceso el Sr. Basilio reclama: Nulidad del...

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