STSJ Comunidad de Madrid 840/2013, 31 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución840/2013
Fecha31 Octubre 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010 Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34002650

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA Recurso número: 1533/13

Sentencia número: 840/13

K.

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

Ilma. Sra. Dª. MARIA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA

En la Villa de Madrid, a TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 1533/13, formalizado por el Sr/a. Letrado/a D. José L. Ambrona Renales, en nombre y representación de D. Pedro Francisco contra la sentencia de fecha 27 DE DICIEMBRE DE 2012, dictada por el Juzgado de lo Social número 35 de MADRID, en sus autos número 770/12, seguidos a instancia de recurrente frente a EXPORT TIRES DBR S.L, en reclamación de despido, siendo MagistradoPonente la Ilma. Sra. Dª. MARIA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

Que el actor D Pedro Francisco, natural de la República Dominicana, suscribió el

8.06.2011 un contrato eventual con la empresa demandada Export

Tires DBR SL, condicionando la entrada en vigor del mismo a la regulación de su situación en nuestro

país y concesión permiso de trabajo.

En su cláusula adicional se establecía en concreto:

"El contrato se establece para la duración mínima de un año desde la concesión del permiso de trabajo".

SEGUNDO

Dicho contrato se suscribió a instancia de un trabajador de la empresa D Gregorio del cual era amigo suyo.

TERCERO

La empresa está afecta al Convenio Colectivo del sector del Metal; su actividad principal es la de neumáticos de vehículos; su taller radica en c/ Copérnico 16 de Coslada y los almacenes los posee en la localidad de Aranjuez.

Tiene en plantilla actualmente 24 trabajadores, realizándose la prestación de servicios en Coslada.

CUARTO

El actor a primeros del presente año obtuvo permiso de residencia por el régimen comunitario con validez hasta el 25.12.2016 por ser familiar de ciudadano de la Unión.

No consta que tal circunstancia fuera comunicada a la empresa.

QUINTO

Que el actor interpone con fecha 21.05.2012 papeleta ante el SMAC por despido, aduciendo que el mismo se efectuó de forma verbal el 17.05.2012 por el Administrador de la empresa y posterior demanda.

Asimismo, según hecho cuarto de la misma, reclama por salarios adeudados y liquidación 9317 E.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que desestimando como desestimo la demanda de despido y cantidad formulada por D. Pedro Francisco contra EXPORT TIRES DBR S.L, debo absolver y absuelvo a la demandada del petitum de la misma".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social de Madrid, tuvieron los mismos entrada en esta Sección Primera en fecha 12 de junio de 2013 dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de autos al mismo para su conocimiento y estudio en 16 de octubre de 2013, señalándose el día 30 de octubre de 2013 para los actos de votación y fallo.

SÉPTIMO

En la tramitación del presente recurso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • STSJ Comunidad de Madrid 78/2020, 24 de Enero de 2020
    • España
    • 24 Enero 2020
    ...rec. 1825/2015 ECLI: ES:TS:2017:3143 en los siguientes términos: "PRIMERO.- 1.- Se recurre en las presentes actuaciones la STSJ Madrid 31/10/2013 [rec. 6222/12 ], que revocó la sentencia pronunciada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid con fecha 02/07/12 [autos 1246 y 1250/11], y por ......
  • STS, 2 de Marzo de 2015
    • España
    • Tribunal Supremo, sala cuarta, (Social)
    • 2 Marzo 2015
    ...24 de febrero de 2.015, en el que tuvo lugar. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO 1.- Se recurre en las presentes actuaciones la STSJ Madrid 31/10/2013 [rec. 6222/12 ], que revocó la sentencia pronunciada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid con fecha 02/07/12 [autos 1246 y 1250/11], y por......
  • STS 522/2017, 16 de Junio de 2017
    • España
    • Tribunal Supremo, sala cuarta, (Social)
    • 16 Junio 2017
    ...) cuyos fundamentos de Derecho son reproducidos a continuación: «PRIMERO.- 1.- Se recurre en las presentes actuaciones la STSJ Madrid 31/10/2013 [rec. 6222/12 ], que revocó la sentencia pronunciada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid con fecha 02/07/12 [autos 1246 y 1250/11], y por l......
  • STSJ Comunidad de Madrid 404/2020, 26 de Mayo de 2020
    • España
    • 26 Mayo 2020
    ...de 16 de junio de 2017, rec. 1825/2015 en los siguientes términos: "PRIMERO.- 1.- Se recurre en las presentes actuaciones la STSJ Madrid 31/10/2013 [rec. 6222/12 ], que revocó la sentencia pronunciada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid con fecha 02/07/12 [autos 1246 y 1250/11 ], y p......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR